FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9512
La ley número 8596, llamada de racionalización Administrativa, faculta al Poder Ejecutivo a dar de baja por razones de servicio al personal de planta permanente, temporario, transitorio, suplente, provisional, contratado o regulado por convenios colectivos de trabajo que preste servicios en la Administración Pública Provincial, dependiente del Poder Ejecutivo, Organismos de la Constitución, descentralizados y/o autárquicos. Asimismo autoriza a la Suprema Corte de Justicia, a los Intendentes Municipales y al Directorio del Banco de la Provincia a hacer lo propio en sus respectivas jurisdicciones.
Por la Ley número 9230, se prorrogó la vigencia de la antedicha ley hasta el 31 de diciembre de 1979. La reciente sanción de la Ley Nacional número 22.160 que restableció la vigencia de la ley número 21.274 (de prescindibilidad para los agentes de la Administración Pública Nacional y Municipal) - hasta el 31 de diciembre de 1980- hace conveniente adoptar similar actitud en el orden provincial.
El restablecimiento obedece a la necesidad de mantener en vigencia la Ley 8596 hasta tanto se superen cabalmente las causas que dieron lugar a su sanción.
Debe señalarse que la Provincia ha logrado el presente resultados satisfactorios en el plano de la racionalización de su administración, mediante la reducción del personal innecesario, eliminación de organismos, lo que se traduce en mayores beneficios para los administrados desde el punto de vista de un prudente y racional criterio de la utilización de los fondos públicos y de la eliminación de trabas burocráticas irritantes.
También se ha sustituido el artículo 9 de la ley provincial y se ha adecuado a la reforma que ha realizado la Nación sobre el tema.