Provincia de
Buenos Aires
DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y
EDUCACION
Resolución Nº 5.500
VISTO que por los
presentes actuados se tramita la aprobación del Calendario Escolar 2009 para
todos los Niveles, Ciclos y Modalidades de la enseñanza, en establecimientos
dependientes de
CONSIDERANDO:
Que según lo pautado en
Que corresponde dar cumplimiento al Convenio del Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología N° 337/03 suscripto entre el
Presidente de
Que el presente calendario, además de pautar los períodos formales de
funcionamiento institucional, considera la organización de actividades que
contemplan conmemoraciones y celebraciones por entender que las mismas, al
concretarse en los espacios institucionales y de aula, posibilitan a los
alumnos comprender y valorar el sentido de hechos y circunstancias,
comprometiéndose personal y grupalmente;
Que se promueve la institucionalización y organización técnico operativa de
las Actividades Científicas Tecnológicas para coadyuvar al logro de la
promoción de las prácticas de investigación en los distintos niveles
educativos;
Que las instancias local, regional y provincial de las Ferias de Ciencia y
Tecnología tienen como objetivo principal profundizar la democracia y
socialización de conocimientos integrando proyectos científicos de servicios
educativos de todas las ramas y tipos de gestión;
Que las actividades a las que se hace referencia en los apartados anteriores
deben estar expresadas en el Proyecto Educativo Institucional, el Proyecto
Curricular Institucional y en el Proyecto de aula según corresponda;
Que a partir de la autonomía institucional como así también de la importancia
de la contextualización de las acciones, surge la
necesidad de incorporar al presente calendario y a nivel de los servicios,
actividades en conmemoración y celebraciones propias al contexto local y
regional, por su reconocido valor cultural y de fuerte impacto socio-
comunitario;
Que el impacto, al que se hace referencia coadyuva al proceso educativo
enunciado en el Proyecto Educativo Jurisdiccional;
Que en función de todo lo expresado, el Calendario Escolar a partir de la
programación de acciones relevantes, refleja la intención educativa del Estado
Provincial;
Que el Consejo General de Cultura y Educación aprobó la iniciativa presentada
por
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 69 inc. w) de
Por ello;
EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION, RESUELVE:
ARTICULO 1°. Aprobar el
Calendario Escolar 2009 para todos los Niveles, Ciclos y Modalidades del
Sistema Educativo de
ARTICULO 2°. Aprobar las Instrucciones Generales, Conmemoraciones,
Celebraciones, Protocolo Escolar y Cronogramas que se consignan en los Anexos 2
que consta de tres (3) fojas, 3 que consta de una (1) foja, 4 que consta de
tres (3) fojas, 5 que consta de una (1) foja y 6 que consta de catorce (14)
fojas respectivamente, que forman parte de la presente Resolución.
ARTICULO 3°. Declarar al Ciclo Lectivo 2009 como Año de la Educación para
todos como fortalecimiento de la Democracia.
ARTICULO 4°. Determinar que las Unidades Educativas de Gestión Privada que se
encuentren comprendidas en Convenios Intergubernamentales sobre Cooperación
Cultural y Científica fijarán su propio Ciclo Lectivo, en el marco de la
presente Resolución, el Convenio del Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología N° 337/03 y
ARTICULO 5°. Dejar expresamente establecido que quedan derogadas todas las
Resoluciones y Disposiciones que hayan concedido excepciones al cumplimiento
del Calendario Escolar, salvo lo fijado en el segundo párrafo del artículo 4°.
ARTICULO 6°. Establecer que la presente Resolución será refrendada por
ARTICULO 7°. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en
Mario N. Oporto,
Director General; Daniel. A. Lauría, Vicepresidente; Horacio Daniel Ciocco,
Jefe de Depto. Regis. y Notif.
Dcción. Coord. ADM. D.G.C.
y E.
Anexo 1
Cronograma 2009
Niveles y
Modalidades Comienzo
Receso
Finalización
de
Educación Inicial
02-03-2009
20-07 al 31-07 15-12-2009
Educación Primaria
02-03-2009
20-07 al 31-07 15-12-2009
Educación Especial
02-03-2009
20-07 al 31-07 15-12-2009
Educación de Adultos
y Formación Profesional 09-03-2009
20-07 al 31-07 15-12-2009
Educación Artística
Esc. Estética)
02-03-2009
20-07 al 31-07 15-12-2009
Educación Física
02-03-2009
20-07 al 31-07 15-12-2009
C.E.F.
02-03-2009
20-07 al 31-07 28-02-2010
Psicología Comunitaria y
Pedagogía Social
02-03-2009
20-07 al 31-07
15-12-2009
C.E.C.
02-03-2009
20-07 al 31-07
28-02-2010
Educación Secundaria 09-03-2009
20-07 al 31-07
15-12-2009
Dirección de Educación
Superior
16-03-2009
20-07 al 31-07 27-11-2009
Educación Artística
(Nivel Terciario)
16-03-2009
20-07 al 31-07
27-11-2009
Jornadas
Institucionales (6 días durante el Ciclo Lectivo)
Se llevarán a cabo 3 Jornadas con anterioridad y 3 con posterioridad al Receso
Escolar de Invierno. (2 en el mes de febrero y 1 en los meses de junio,
septiembre, noviembre y diciembre)
Nota:
- Los actos conmemorativos de
- El acto de cierre del ciclo lectivo se realizará el 14 o el 15 de diciembre.
Anexo 2
Calendario Escolar 2009
Instrucciones Generales
Con la aprobación del presente Calendario, se establecen pautas básicas que
deberán regir para todas las unidades educativas públicas, de gestión estatal y
de gestión privada, dependientes de
Pautas Básicas
1.-Ciclo Lectivo: Período durante el cual se realizan las actividades
educativas anuales ordinarias para el conjunto de los alumnos de las unidades
educativas; este ciclo no se interrumpe durante la suspensión de clases en
época invernal.
El Ciclo Lectivo tendrá la siguiente duración:
a) Educación Inicial:
a.1. Jardines
Maternales:
desde el 02-02 hasta el 30-12-2009
a.2. Jardines de
Infantes:
desde el 02-03 hasta el 15-12-2009
b) Educación Primaria:
desde
el 02-03 hasta el 15-12-2009
c) Educación Especial:
desde
el 02-03 hasta el 15-12-2009
ch) Educación Adultos y F. Prof.: desde el 09-03 hasta el
15-12-2009
d) Educación
Secundaria
desde el 09-03 hasta el 15-12-2009
e) Educación Superior:
desde
el 16-03 hasta el 27-11-2009
f) Educación Artística:
f.1. Esc. de Educ. Estética:
desde el
02-03 hasta el 15-12-2009
f.2. Nivel Terciario:
desde
el 16-03 hasta el 27-11-2009
g) Educación Física:
desde
el 02-03 hasta el 15-12-2009
g.1: C.E.F.:
desde
el 02-03-2009 hasta el 28-02-2010
h) Psicología Comun. y
Pedagogía Social.: desde el 02-03 hasta el 15-12-2009
h.1: C.E.C.:
desde
el 02-03-2009 hasta el 28-02-2010
2.-Receso Escolar: Períodos que transcurren:
2.1.- De verano: Entre el día siguiente al de finalización del Ciclo Lectivo y
el anterior al de iniciación del siguiente.
2.2.- De invierno: durante la suspensión de clases en época invernal (del 20 de
julio al 31 de julio)
Durante los períodos de receso escolar se desarrollan actividades
complementarias para el logro de los objetivos educacionales.
2.3.- Los Jardines Maternales, los C.E.C. (Centros
Educativos Complementarios) y los C.E.F. (Centros de
Educación Física) no tienen receso escolar en la época invernal.
3.-Curso Escolar: El Curso Escolar se iniciará con las actividades previas de
organización del ciclo lectivo y concluirá el día anterior al comienzo del
siguiente curso escolar. Anualmente el Calendario Escolar determinará las
fechas correspondientes.
En el año 2009 el Curso Escolar comenzará el 01-03-2009 y finalizará el
28-02-2010.
4.-Suspensión de Actividades: Se suspenderán las actividades en los siguientes
casos:
4.1.- El día que se conmemora la fiesta patronal o el aniversario de fundación
de la ciudad según lo determinen las autoridades municipales.
4.2.- El día que se cumplen los 25, 50, 75, o 100 años de fundación del
establecimiento. En caso de más de 100 años, cada 25 años.
4.3.- El día del sepelio de personal docente, no docente, del establecimiento.
4.4.- El día del sepelio de un alumno del establecimiento.
4.5.- Cuando lo exijan factores climáticos, sanitarios, edilicios u otros que
impliquen riesgos para el alumnado, personal docente y no docente o configuren
una emergencia, a nivel local, distrital o regional. Tendrán facultades para
disponer la misma:
a) El Director/a cuando afecte sólo a su establecimiento.
b) El Consejo Escolar y
4.6.- En las Escuelas Idiomáticas Integrales adheridas al Consejo Central
Israelita: Decláranse días no laborables para todos los habitantes que
profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío (Rosh-Hashaná), dos (2) días y el Día del Perdón (Ion Kipur) un (1) día. (LEY N°
24.571- promulgada el 25-X-95) y las Pascuas Judías cuatro (4) días. (LEY Nº
26.089 sancionada el 19-IV-07)
4.7.- En los establecimientos educativos de gestión privada adheridos al
Consejo de Educación Católica hasta un máximo de tres días para realizar el
retiro espiritual anual destinado a los alumnos, siempre que se ajusten a la
reglamentación que a ese efecto dictara
4.8.- Declárese día no laborable para todos los habitantes de
ACLARACION: Excepto en la situación del ítem 4.1, en los casos de suspensión de
actividades el Director/a del establecimiento dará cuenta inmediata de la
decisión a sus superiores.
5.-Sin Suspensión de Actividades: Cada establecimiento podrá realizar un acto
homenaje a su patrono en el aniversario de su nacimiento, fallecimiento o día
especialmente instituido al efecto, o conmemorativo de su fundación.
6.- Feriados Nacionales: Cronograma de feriados correspondientes al año 2009.
Feriados Inamovibles (*)
FECHA DIA
CONMEMORACIONES
1º de Enero Jueves Año Nuevo
24 de Marzo Martes Día Nacional de
2 de Abril Jueves Día del Veterano y
los
Caídos en
10 de Abril Viernes Viernes Santo
1º de Mayo Viernes Día del Trabajador
25 de Mayo(**) Lunes 1er. Gobierno Patrio
9 de Julio (**) Jueves Día de la
Independencia
8 de Diciembre Martes Inmaculada Concepción de María
25 de Diciembre Viernes Navidad
(*) Los feriados inamovibles se rigen por
(**) Los actos conmemorativos se llevarán a cabo en el día de la fecha
histórica correspondiente.
Feriados Trasladables
Fecha
Trasladados al día
Conmemoraciones
(**) 20 de junio Lunes 15 de Junio
Paso a la inmortalidad del General
Manuel Belgrano.
(**) 17 de agosto Lunes 17 de Agosto Paso a la
inmortalidad del General
José
de San Martín.
(*) 12 de octubre Lunes 12 de Octubre Día de
(**) Estos feriados se rigen por
No Laborables Inamovibles
Fecha
Día
Conmemoraciones
Jueves Santo 9 de abril
Festividad Cristiana
Pascuas Judías 9 y 10 de abril
15
y 16 de abril (los dos primeros días y los dos
últimos días de
Año Nuevo Judío 18/09 por la noche, 19/09,
hasta
el 20/09 por la noche
Día del Perdón
(Dispuesto por LEY 27/09 por la noche hasta
Nº 24.571) el 28/09 por la noche
3 días sólo
para los habitantes
que
profesen
Añ
Culminación del Ayuno * *Fechas a Confirmar. Se rigen 3 Días sólo para los
Conmemoración del por el Calendario Lunar
habitantes
Sacrificio
* que profesen
(Dispuesto por LEY Nº 24.757)
Anexo 3
Conmemoraciones y Celebraciones.
Forma
Tipo
1.- Actos Solemnes 1.1.- En el día de la
fecha se efectuará el acto solemne con apertura a la
comunidad.
1.2.-
Se celebrará o conmemorará en una (1) hora de clase, a criterio del
P.E.I. (Proyecto Educativo Institucional).
2.- Actos Especiales. 2.1.- Iniciación del Ciclo
Lectivo
En
la primera hora de clase con la presencia del personal y alumnos de
cada
turno. Apertura comunitaria.
2.2.-
Finalización Ciclo Lectivo
En
la modalidad que determinen las
autoridades
de cada servicio
educativo.
Cuando
por razones de fuerza mayor, las autoridades del
establecimiento,
se vean imposibilitadas de realizar el acto de clausura
en
la fecha prevista, el mismo, se concretará el día que éstos determinen,
previa
comunicación a
3.- Actos Evocativos 3.1.- Actividades de cierre: en
una hora de clase con la presencia
del
personal y alumnos de cada turno.
3.2.-
Se
conmemorará durante el inicio de cada turno con la presencia
de
todo el personal y alumnos, en la
modalidad
que determinen las
autoridades
de cada servicio educativo.
4.- Otras Actividades 4.1.- Actividades curriculares
alusivas a la fecha.
Observaciones: En el caso de conmemorarse o celebrarse fechas no previstas en
el presente Calendario,
Anexo 4
Protocolo Escolar
Consideraciones Generales
1.- Ubicación y Atención de Autoridades:
1.1.- Preside el acto la máxima autoridad educativa, a la derecha quien le
sigue en orden de jerarquía y a la izquierda la máxima autoridad del
establecimiento.
Ejemplo: acto donde concurre el/
- Señor/a Intendente Municipal.
- Señor/a Director/a General de Cultura y Educación o su representante.
- Señor/es Senador/es o Diputado/s, Nacional/es o Provincial/es.
- Señor/a Subsecretario/a de Educación o equivalente. Señor/a Consejero/a
General de Cultura y Educación. Funcionario que acompañe al señor Director/a,
siempre y cuando ocupe un rango de jerarquía dentro del ámbito de
- Señor Obispo.
- Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante y señores Concejales.
- Señor Presidente del Consejo Escolar y señores Consejeros.
- Señores Intendentes Municipales de partidos vecinos.
Para finalizar la presentación se usarán las expresiones siguientes:
- Autoridades civiles, militares, eclesiásticas, inspectores de enseñanza de
las distintas ramas y representantes de entidades de bien público.
3.- Forma en que el Director/a de
Solamente deberá hacerlo por sus cargos:
Ejemplo: Señor/a Intendente Municipal.
Señor/a Director/a General de Cultura y Educación o su representante.
Señor/es Senador/es o Diputado/s, Nacional/es o Provincial/es.
Señor/a Subsecretario/a de Educación o equivalente.
Señor/a Consejero/a General de Cultura y Educación.
Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante y Señores Concejales.
Señor/a Presidente del Consejo Escolar y señores Consejeros.
Señores Intendentes Municipales.
Autoridades; señoras; señores; docentes; alumnos.
4.- Forma de dirigirse a las Autoridades, cuando se realizan invitaciones /o
alocuciones
- Presidente de
- Gobernador: señor Gobernador.
- Ministros, Secretarios, Embajadores y Ministros de
- Cardenales y Arzobispos: Eminencia Reverendísima.
- Obispos: Monseñor.
Recepción de
1. Recepción de autoridades.
2. Firma del Registro de Actos y Fiestas Escolares o pergamino.
3. Traslado al lugar del acto.
4. Ubicación de las autoridades.
5. Presentación de las autoridades asistentes por un locutor o un docente que
asume ese rol.
6. Entrada de la antigua Bandera de Ceremonia portada por abanderado y
escoltas, todos suplentes con la marcha A mi Bandera acompañada por el
Vice-Director o quien lo reemplace.
7. Ubicación de la misma en el lugar de honor.
8. Se invitará a los donantes de
9. Bendición de
10. Cumplida la bendición el donante procederá a la entrega de
11. El abanderado tomará ubicación al lado de la antigua Bandera y ésta con su
abanderado y escoltas acompañada por el Vice-Director, procederá a retirarse
del lugar para ser guardada en el sitio que se le destine para conservarla.
12. Himno Nacional Argentino.
13. Palabras a cargo del Director/a.
14. Palabras del donante.
15. Palabras a cargo del/a Director/a General de Cultura y Educación, o su
representante.
16. Desarrollo del Acto escolar si lo hubiere.
17. Retiro de
18. Desconcentración.
Durante el cambio, bendición y retiro de
Mientras se realiza la ceremonia del cambio de bandera, todos los asistentes
permanecerán de pie.
El Director/a del establecimiento permanecerá durante el acto, -a excepción del
momento de la bendición y entrega de la nueva Bandera-, a la izquierda de la
máxima autoridad que lo presida.
Nota: En todos los actos las Banderas de Ceremonia deberán estar ubicadas en el
lugar donde se realiza el mismo, solamente acompañarán en su desplazamiento a
Inauguración de Establecimiento Educativo.
1. Recepción de autoridades por el/
3. Firma del Registro de Actos y Fiestas Escolares o pergamino en
4. Traslado al lugar del acto.
5. Izamiento de
7. Presentación de las autoridades asistentes por un locutor o un docente que
asuma ese rol.
8. Entrada de
9. Himno Nacional Argentino.
10. Bendición del Establecimiento desde el mismo lugar el acto.
11. Alocución por el/a Director/a del Establecimiento.
12. Alocución por el Intendente Municipal y/o donante del edificio (terreno) u
otra persona que el personal directivo crea conveniente.
13. Palabras a cargo del/a Director/a General de Cultura y Educación o su representante,
siempre y cuando sea su deseo hacerlo.
14. Retiro de
15. El Director/a de
16 Desconcentración.
El/a Director/a del establecimiento permanecerá durante el acto a la izquierda
de la máxima autoridad que lo presida.
Aniversario del establecimiento.
1. Recepción de autoridades.
2. Firma libro de Actos y/o pergamino.
3. Traslado al lugar del acto.
4. Descubrimiento de placas recordatorias.
5. Bendición.
6. Ubicación de las autoridades en el lugar del acto.
7. Presentación de autoridades.
8. Entrada de
9. Himno Nacional Argentino.
10. Palabras a cargo del/a Director/a del Establecimiento.
11. Palabras a cargo de un ex-docente.
12. Entrega de obsequios a ex-docentes, docentes y personal auxiliar (siempre y
cuando lo tengan previsto).
13. Número a cargo de los alumnos (opcional).
14. Palabras del/a Director/a de Cultura y Educación o su representante.
15. Retiro de
16. Desconcentración.
Bandera de Ceremonia.
1. Se ubicará en el lugar de mayor jerarquía del sitio donde se realice el
acto.
2. En todos los Actos
ANEXO 6