Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 6
VISTO el Decreto N° 1.106/12 que aprobó el Convenio Marco de Cooperación Técnica
celebrado entre el Ministerio de Salud de
CONSIDERANDO:
Que la cláusula segunda del
mencionado Convenio Marco de Cooperación Técnica, aprobado por el Decreto N° 1.106/12, estableció que “…el Certificado Único de Discapacidad,
emitido al amparo de las leyes nacionales Nros.
22.431, 24.901 y 25.504 y modificatorias, los mandatos de
Que en consecuencia, se torna
necesario readecuar la normativa vigente de
Que asimismo, a nivel nacional,
el Decreto N° 38/04 (referente al Sistema de Protección
Integral de las Personas Discapacitadas) estableció la eliminación de trabas burocráticas
para la plena accesibilidad al derecho de gratuidad para viajar en los
distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor de la
autoridad nacional de corta, media y larga distancia, según lo establecido en
Que a nivel provincial
Que
Que en el marco de una política de protección integral de las personas con discapacidad, corresponde seguir eliminando aquellas trabas que entorpezcan o retrasen el acceso al derecho de gratuidad del transporte público para las personas discapacitadas;
Que el Programa de Accesibilidad al Transporte Público para las Personas con Discapacidad tiene como objetivos:
1.- La solicitud on line del pase o credencial habilitante provincial por parte del beneficiario, a través
del portal WEB de
2.- La gestión y entrega inmediata de los pases o credenciales habilitantes provinciales a los beneficiarios, a través del municipio correspondiente al domicilio del solicitante, previa verificación del cumplimiento de la normativa vigente, mediante el entrecruzamiento de los datos correspondientes suministrados por el Consejo Provincial de Discapacidad, el Ministerio de Salud Provincial, y por el ReNaPer;
3.- La utilización de un mismo y único pase o credencial habilitante provincial para los distintos tipos o modos del transporte público de pasajeros provincial, tanto sea por vía automotor, ferroviaria o fluvial (PASE MULTIMODAL);
4.- La extensión de la esfera de
validez territorial de los pases o credenciales habilitantes
provinciales a las líneas comunales de los respectivos municipios de
Que dicho Programa comprende la
celebración de convenios de colaboración y asistencia recíproca, por parte de
Que en dicho marco se suscribió, con fecha 2 de octubre de 2013, un acuerdo de información, colaboración y asistencia recíproca con el Ministerio de Salud Provincial y el Consejo Provincial de Discapacidad, para facilitar la obtención de datos correspondientes a las personas beneficiarias del CUD;
Que ha tomado la intervención de
su competencia
Que la presente medida se dicta
en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 de
Por ello,
EL SECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS DE
ARTÍCULO 1°. Aprobar el Programa de Accesibilidad al Transporte Público para las Personas con Discapacidad, que como Anexo 1 integra la presente.
ARTÍCULO 2°. Aprobar el modelo de Convenio de Adhesión Municipal que como Anexo 2 forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3°. Invitar a las Municipalidades que presten servicio público de autotransporte de pasajeros, a adherir al Programa de Accesibilidad al Transporte Público para las Personas con Discapacidad, a través de la suscripción del convenio que como Anexo 2 forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4º. Registrar,
comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a
Francisco A.
Secretario de Servicios Públicos
ANEXO 1
PROGRAMA DE ACCESIBILIDAD AL TRANSPORTE PÚBLICO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Es el Plan promovido por
¿QUÉ ES EL PLAN?
Es un marco estratégico para
promover y dar coherencia a las acciones que
Se entiende por Diseño Universal al diseño de productos y entornos aptos para el uso del mayor número de personas sin necesidad de adaptaciones ni de un diseño especializado (The Center for Universal Design, N. C. State University).
Es también un instrumento posible
de ejecutar para poder ampliar el ámbito de
El Programa se desarrolla en
Si bien
El seguimiento y evaluación del Programa de Accesibilidad al Transporte Público de Personas con Discapacidad es un conjunto de procesos que deben permitir verificar la efectiva realización de las acciones previstas en el mismo. Este conjunto de procesos debe permitir constatar, medir y valorar las acciones realizadas y sus efectos, posibilitando la realización de un balance para su redirección y la realización de los ajustes necesarios para la consecución de los objetivos planteados.
POBLACIÓN OBJETIVO
Beneficiarios Directos: Los beneficiarios directos del Programa son todas aquellas personas de la población en general que cuenten con una discapacidad y, en particular, con movilidad y/o comunicación reducida.
Beneficiarios Indirectos: Los
beneficiarios indirectos son los funcionarios de las áreas de Transporte y
Desarrollo Social de
Otros actores:
Participantes no beneficiarios: La población con discapacidad es sólo la punta del iceberg del beneficio generado por la accesibilidad. La población en su conjunto demanda mejoras de accesibilidad que, a menudo, se convierten en conquistas irrenunciables o en oportunidades de negocio.
El envejecimiento de la población conduce a una mayor necesidad de entornos adaptados o “adaptables”; entornos, en todo caso, pensados para todas las personas, con independencia de sus capacidades.
La mejora de accesibilidad no es un gasto, sino una inversión en capital humano, en tecnología, en infraestructura, etc.
Consecuentemente, todo logro en materia de accesibilidad conlleva una mejora y revalorización del stock de capital social. En tanto que el beneficio social que pueda derivar de las inversiones u obras de mejora de accesibilidad es mayor que su costo, si se contabilizan los llamados beneficios intangibles generadas por dichas obras.
Por otra parte, los costos de la mejora de accesibilidad se pueden recuperar -en gran medida- por diversas vías, como la mayor eficiencia de los medios de transporte derivada del menor tiempo de parada, el menor costo de mantenimiento, el aumento del número de pasajeros en el transporte público, etc.
Además, siendo Argentina hoy en día, una potencia turística internacional se debe tener también muy presente la importancia de la accesibilidad, puesto que la población mundial que más viaja, aquélla con mayor nivel económico, es la que está en proceso de envejecimiento y el número de turistas con discapacidades aumenta.
ENTES Y ORGANISMOS INTERVINIENTES
Nacionales: El Ministerio de Salud, el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
Provinciales: El Ministerio de
Salud, el Consejo Provincial de Discapacidad (COPRODIS), el Instituto de
Previsión Social (IPS),
Municipales: Intendencias, Secretarías y/o Direcciones de Tránsito y/o Transporte, Secretarías y/o Direcciones de Desarrollo Social y/o dependencias municipales con asignación de funciones atinentes a la temática de discapacidad.
OBJETIVO GENERAL
Analizar, comparar y reelaborar la legislación provincial, y las normas municipales, para propiciar la modificación en materia de transporte público de pasajeros, a través de un trabajo mancomunado, a fin de realizar una normalización de acuerdo a los principios que dimanan de la más moderna legislación internacional, en muchos casos adoptada a través de la suscripción de tratados de nivel nacional.
Paralelamente, desarrollar plenamente los lineamientos del presente Programa, o incluso nuevos planes de accesibilidad a fin de ejecutar acciones en todo el territorio provincial sobre lo ya existente en el ámbito del transporte, teniendo en cuenta las particularidades de cada localidad y comunidad, con el fin de equiparar las oportunidades para las personas con discapacidad.
OBJETIVOS A NIVEL PROVINCIAL
Aplicar
Proyectar las modificaciones de las normas reglamentarias sobre transporte público en orden a los principios antes anunciados.
Efectuar el relevamiento y diagnóstico de situación en la jurisdicción provincial en materia de accesibilidad al transporte a través de equipos de trabajo interinstitucionales.
OBJETIVOS A NIVEL MUNICIPAL
Realizar un análisis de las normas locales relacionadas con el transporte público en todas sus modalidades, concertar acuerdos tendientes a la unificación de los principios rectores entre jurisdicciones para la eliminación de barreras en el acceso al transporte público.
Propiciar la adhesión de las Comunas al presente Plan de Accesibilidad, o en su caso, la adopción a nivel local de los principios aquí establecidos.
OBJETIVOS PARTICULARES
Sencillez: A través de la
posibilidad de solicitar vía web el pase o credencial
habilitante provincial por parte del beneficiario, a
través del sitio de
Inmediatez: En la gestión y entrega de los pases o credenciales habilitantes provinciales a los beneficiarios, a partir del entrecruzamiento de datos con el COPRODIS y el RENAPER, para su posterior entrega a través del municipio correspondiente al domicilio del solicitante, a través de los Centros de Atención Previsional (CAP) del Instituto de Previsión Social o de los medios de entrega directa que se establezcan, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de acceso.
Multimodalidad: A instancia de la utilización de un mismo y único pase o credencial habilitante provincial para los distintos tipos o modos del transporte público de pasajeros provinciales y municipales, tanto sea por vía automotor, ferroviaria o fluvial, en todo el ámbito de la provincia de Buenos Aires.
Multijurisdiccionalidad-
Eliminación de la necesidad de pluralidad de pases: A partir de la extensión de
la esfera de validez territorial de los pases o credenciales habilitantes provinciales a las líneas comunales de los
respectivos municipios de
ACCIONES
El Plan Provincial de
Accesibilidad propuesto es un plan de ejecución, cuyo objetivo es hacer
accesible gradualmente el transporte público en todos sus modos, en la
totalidad de las jurisdicciones de
Se buscará normalizar y estandarizar en todo el territorio provincial las soluciones que se encuentran establecidas para que las mismas posean una coherencia ante el uso de las personas.
Además, mediante el Plan se evaluará el nivel de barreras existentes, por lo cual se definirán las acciones necesarias para eliminarlas, priorizando, valorizando y proponiendo planes y etapas de ejecución.
El proceso deberá tomar en cuenta también la adaptación progresiva de cada municipio en su totalidad. Para ello el Plan atenderá los planes de accesibilidad que redacten o hayan redactado los municipios a partir del trabajo conjunto entre las instituciones y la comunidad.
Se incluyen entre ellas a los Consejos y/o Comisiones Provinciales de Discapacidad, los Consejos y/o Comisiones de Discapacidad de los municipios, las ONGs, el Poder Legislativo y la ciudadanía en general.
Habrá que evaluar y proponer acciones para la eliminación de barreras existentes en los espacios de uso público, como calles, plazas, parques; los elementos de una cadena de transportes, desde las paradas y estaciones hasta el material móvil; así como los sistemas de comunicación y/o información comunitaria aplicables, tales como señalética pública y privada, publicaciones sobre frecuencias de servicios especiales, etc.
Se busca que vayan existiendo itinerarios accesibles, de acuerdo con la normativa existente, para que permitan a la población desplazarse de manera lo más autónoma posible, de forma gratuita, con dignidad y con seguridad pudiendo utilizar, así mismo, todos los espacios, edificios y servicios públicos, que resulten plenamente accesibles, y los que paulatinamente cumplan dichos estándares por resultar adaptados.
De esta forma se propone un marco de acción provincial y municipal, que junto con la participación del Consejo Provincial de Discapacidad (COPRODIS) sistematice los problemas existentes y ajuste progresivamente el plan de acción para resolverlos, ofreciendo soluciones genéricas que, en muchos casos, necesitarán posteriormente del proyecto constructivo concreto.
Así el presente Plan deberá ser objeto de sucesivas revisiones por equipos multidisciplinarios en los cuales se incluyan funcionarios políticos de carrera de los distintos organismos competentes, con la participación de la ciudadanía en general, las OGs y ONGs.
ETAPAS
1º ETAPA DEL PLAN
Reuniones de trabajo con municipios y Organismos Provinciales y Nacionales competentes, y concertación de acuerdos:
Su finalidad es dejar sentadas las bases para la ejecución del Plan. Para la misma se requiere el compromiso de los titulares de las comunas u organismos competentes, o en su defecto representantes con poder de decisión.
Con el fin de desarrollar el Plan, las partes intervinientes deberán coordinar equipos de trabajo con recursos humanos propios y asesoramiento de los niveles de mayor complejidad, concertando para ello los acuerdos necesarios.
Seguidamente podrán programarse jornadas de capacitación de los recursos humanos que tendrán la finalidad de ejecutar el Plan.
Según los modelos de convenio que se propician suscribir, el desarrollo se inicia a partir de un compromiso por parte del Consejo Provincial de Discapacidad, y en su jurisdicción, con la participación de municipios.
2º ETAPA DEL PLAN
La segunda etapa será la de
ejecución del Plan de Accesibilidad, con el alcance actual, por los grupos de
trabajo de
Vale aclarar que para llegar a
esta instancia se deberán proponer metas temporales parciales y totales a fin
de lograr la máxima eficacia en relación con los objetivos del Plan, propiciándose
en el caso la implementación del Pase Único Multimodal
Buenos Aires. Para el desarrollo de esta etapa debe existir un continuo
intercambio entre
Se destaca que el Plan redactado puede tener una variación de ejecución en el tiempo según sean las características y circunstancias locales.
ACCIONES CONCRETAS
El Programa comprende las siguientes acciones:
* Desarrollo de una función en el
sitio web de
* Revisión de los procesos personales que deban supervivir, tal el caso de las personas con discapacidad que posean certificados diferentes al CUD aún vigentes, y que por ende no puedan aprovechar del sistema generados por medio de este Plan;
* Desarrollo de programas de
asistencia a los beneficiarios en los puntos de contacto existentes, sean
Delegaciones de
* Desarrollo de una credencial plástica única, que inicialmente coexistirá con las credenciales actualmente vigentes hasta su progresivo vencimiento o eliminación;
* Confección inmediata de las
credenciales habilitantes o pases libres provinciales
a través del sistema desarrollado por
* Entrega célere de los pases o credenciales a los beneficiarios, a través del municipio correspondiente a su domicilio, a través de los CAP o por los medios directos que eventualmente se establezcan, previa acreditación de identidad en los puntos de entrega;
* Creación de una comisión encargada de seguimiento de las metas del Programa, integrada por los organismos oficiales competentes, con la participación de representantes de las entidades oficiales y no oficiales vinculadas, a los efectos de controlar el correcto y efectivo cumplimiento del Programa.
La credencial habilitante o pase libre se denominará “Pase Libre Multimodal BA”.
CONCLUSIÓN
El Plan a realizar debe ser sustentable y progresivo en el tiempo superando gestiones políticas, brindando una herramienta a las personas para que puedan ejercer la defensa de sus derechos y generando realmente una política pública al respecto.
Todos los argumentos planteados justifican la racionalidad económica de las inversiones para la mejora de la accesibilidad en nuestra actual sociedad.
Se trata además, de un ejercicio complejo dada la variedad de acciones que pueden incluirse en él y el elevado peso de los beneficios intangibles, pero que se compensa con la posible escalabilidad.
No obstante se confía en que, como la población lo demanda, se produzcan -a lo largo de su aplicación- avances en la cuantificación del impacto económico de las políticas de mejora de la accesibilidad.
Se infiere de este modo que el
fin del Plan es cumplimentar con normas internacionales a las cuales el Estado
Argentino ha suscrito como así también a
Por ello la apertura de información respecto al tema de accesibilidad es esencial ya que se trata de romper un paradigma, en el cual históricamente el tema estaba bajo la supervisión de unos pocos, a ser una temática puramente social y que sea manejable por toda la población.
ANEXO 2
CONVENIO DE ADHESIÓN MUNICIPAL AL
PROGRAMA DE ACCESIBILIDAD AL TRANSPORTE PÚBLICO PARA LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD En la ciudad de
PRIMERA: EL MUNICIPIO adhiere al
Programa de Accesibilidad al Transporte Público de las Personas con
Discapacidad, impulsado por
SEGUNDA: EL MUNICIPIO se
compromete a trabajar en conjunto con
TERCERA: La finalidad perseguida
mediante la presente adhesión, en el marco del mencionado Programa, es
posibilitar la solicitud vía web de la respectiva
credencial habilitante por parte del beneficiario a
través de
CUARTA: EL MUNICIPIO procederá a
entregar a los beneficiarios, domiciliados en su respectiva jurisdicción, las
credenciales habilitantes que envíe
QUINTA: LAS PARTES acuerdan que
las credenciales habilitantes o pases libres otorgados
por
SEXTA: El presente Convenio de adhesión tendrá una vigencia de un (1) año, renovable automáticamente, salvo denuncia de cualquiera de las partes formulada con noventa (90) días de antelación.
En prueba de conformidad se firman……… ejemplares, de un mismo tenor, y a un solo efecto.
C.C. 4.506