Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS

Disposición N° 75/10

 

La Plata, 17 de noviembre de 2009.

 

POR 5 DÍAS - VISTO la necesidad de adoptar medidas que posibiliten el mejor y normal desenvolvimiento de los trámites referenciados por el artículo 22 de la Disposición Nº 12/03, artículo 3 de la Ley 14.028 y su Convenio de Colaboración aprobado mediante Decreto Nº 914 del 28 de junio de 2010 y atento los breves plazos previstos para el diligenciamiento de los denominados “TRÁMITES ESPECIALES”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto ley 7.886/72 dispone la feria administrativa de ésta Dirección Provincial, consecuentemente la suspensión de los términos que corren durante el mes de ENERO de cada año, en cada uno de los expedientes que tramitan en esta jurisdicción.

Que en razón del notorio aumento del caudal de trabajo que se ha registrado en el último trimestre y la necesidad de dar tramitación, de acuerdo a los recursos humanos y materiales con los que cuenta la Dirección, a todos los expedientes, sean estos trámites ordinarios como especiales, antes del comienzo de la feria administrativa, resulta conveniente la adopción de recaudos que permitan alcanzar dicho objetivo.

Que en la práctica no se podrá cumplimentar en su integridad el trámite de los expedientes especiales que ingresen a ésta repartición, si no se cuentan con los días hábiles suficientes.

Que situación similar se presenta en el “Departamento Rúbricas de Libros” y “Delegaciones del Interior”, debiendo ajustar los ingresos de trámites de acuerdo a las modalidades propias de cada departamento.

Que en tal sentido se han estimado como prudente fijar las fechas, que en cada caso se indican, como últimos días de recepción de trámites especiales, según sus modalidades, para su inscripción en el presente año. Asimismo, también, corresponde fijar como últimos días de ingreso de solicitudes de rúbrica Especial.

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA

PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DISPONE:

 

ARTÍCULO 1: Suspender el ingreso, por Mesa de Entradas de esta sede central, de trámites especiales, de acuerdo a:

- Trámites de quince días: desde el 2 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

- Trámites de cuatro: desde el 15 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

- Trámites de un día: desde el 20 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

 

ARTÍCULO 2: Suspender el ingreso, por las Delegaciones del Interior, de trámites especiales, de acuerdo a:

- Trámites de quince días: desde el 26 de noviembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

- Trámites de cuatro: desde el 10 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

- Trámites de un día: desde el 15 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

 

ARTÍCULO 3: Suspender el ingreso, por Mesa de Entradas de rúbricas de libros de esta sede central, de trámites especiales, de acuerdo a:

- Trámites de quince días: desde el 2 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

- Trámites de cuatro: desde el 15 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

- Trámites de un día: desde el 20 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

 

ARTÍCULO 4: Suspender el ingreso, por las Delegaciones del Interior de rúbricas de libros, de trámites especiales, de acuerdo a:

- Trámites de quince días: desde el 26 de noviembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

- Trámites de cuatro: desde el 10 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

- Trámites de un día: desde el 15 de diciembre de 2010 al 1 de febrero de 2011.

 

ARTÍCULO 5: Los trámites que ingresen con petición de especial con posterioridad a dichas fechas, se les dará trámite ordinario hasta el último día del mes de enero del año

2010, continuando como especial a partir del primer día hábil de febrero de 2011.

 

ARTÍCULO 6: Por el Departamento Delegaciones del Interior habrá de procederse a instruir a las Oficinas Delegadas de esta Dirección Provincial, a los efectos de adoptar las medidas pertinentes en concordancia con lo establecido en la presente.

 

ARTÍCULO 7: Regístrese, comuníquese a los señores Directores de Legitimaciones, de Fiscalizaciones, de Registro, de Mutuales y Técnico Administrativo y a las Oficinas Delegadas y publíquese en el Boletín Oficinal y al SINBA. Cumplido, archívese.

 

Pedro Enrique Trotta

Director Provincial

C.C. 215.186 / dic. 1° v. dic. 7