Fundamentos de la Ley 13837
Varios han sido los intentos
legislativos de reglamentar la previsión constitucional de la existencia de
un cuerpo de magistrados suplentes, contenida en el artículo 166 de El presente proyecto, persiguiendo los mismos fines que aquellos, ha tomado sus elementos esenciales proponiendo una norma de fácil y dinámica aplicación que, en cumplimiento de las disposiciones constitucionales, otorgue una herramienta que permita cubrir rápidamente las vacantes que por distintos motivos se vayan produciendo en la titularidad de los distintos órganos de juzgamiento, a fin de garantizar una correcta prestación del servicio de justicia hasta tanto sean seleccionados y designados nuevos titulares de los mismos. La creación de este cuerpo de
magistrados suplentes permitirá que el procedimiento de cobertura temporaria
de vacantes, responda acabadamente a la letra de El número de integrantes del cuerpo que se propone responde a las estadísticas sobre vacancias de las que dispone la suprema Corte de Justicia y se ajusta a las estimaciones de necesidades actuales y futuras de intervención de estos magistrados suplentes. Por todo ello es que solicitamos a los señores legisladores acompañen esta iniciativa con su voto favorable.
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