LEY 4713
Ampliando a 2.800.000 pesos moneda nacional la autorización conferida al Poder Ejecutivo por la Ley 4655, para ser invertida en el ensanche del camino General Belgrano, que une La Plata con Avellaneda.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Amplíase a pesos dos millones ochocientos mil moneda nacional ($ 2.800.000m/n), la autorización conferida al Poder Ejecutivo por la Ley número 4655, de 3 de Enero de 1938, para ser invertida en el ensanche inmediato del camino pavimentado General Belgrano, que une La Plata con Avellaneda.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.