DECRETO 11809/64

 

Seguro de vida colectivo del personal de la Administración Provincial, Municipal y de reparticiones autárquicas; Texto Ordenado 1965 del Decreto-Ley 20962/56.

 

LA PLATA, 30 de DICIEMBRE de 1964.

 

VISTO el expediente 2100-18.250/64 en el que se solicita el ordenamiento del Decreto-Ley 20962/56 (T.O. 1962) de Seguro de Vida Colectivo.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 3º de la Ley 6892 de fecha 17 de Noviembre del año 1964, faculta al Poder Ejecutivo para ordenar el texto del Decreto-Ley 20962/56 (T.O. 1962) con las modificaciones que al mismo introdujo la Ley antes citada;

 

Que el texto obrante de fs. 22 y 29 inclusive adecúa las disposiciones que se mantienen en vigencia con las citas de las Leyes que le dieron origen.

 

Por ello,

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Téngase por Texto Ordenado del Decreto-Ley 20962/56 que instituye el Seguro de Vida Colectivo, a partir del 1º de Enero de 1965 el obrante de fs. 22 a 29, inclusive, del presente expediente que forma parte integrante de este Decreto.

 

ARTÍCULO 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario del Departamento de Acción Social.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.