FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8916
Por la presente se introducen
diversas modificaciones a
En tal sentido, se crean diversos
órganos en aquellos departamentos judiciales donde las estadísticas han
demostrado la necesidad perentoria de su funcionamiento, a la par que se adecua
en el Departamento Judicial de
Una modificación trascendente –que posibilitará una agilización en la resolución de los casos elevados a su conocimiento- la constituye la composición que se prevé para las Cámaras de Apelación del Departamento Judicial de Morón y las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial de los Departamentos Judiciales de Lomas de Zamora y General San Martín.
Consecuencia de la reforma mencionada se establecen las atribuciones que han de tener los Presidentes de las Cámaras de Apelación y los Presidentes de las Salas, en los Departamentos Judiciales en que éstas se integran con tres miembros.
En otro orden, la modificación de
artículos el Código de Procedimiento Penal obedece a la necesidad de adecuar sus
normas a las reformas que se introducen a
Significativa relevancia tiene la
modificación de la competencia territorial de los Departamentos Judiciales de
Los estudios realizados han
demostrado que los órganos judiciales del Departamento Judicial de Lomas de
Zamora tienen un excesivo número de causas en trámite, mientras los pertenecientes
al Departamento Judicial de
Como conclusión, el Gobierno de