LEY 10272
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el artículo 21 del Decreto-Ley 9551 (Orgánica de la Policía de la Provincia de Buenos Aires) por el siguiente:
“Artículo 21.- La designación recaerá en un Oficial Superior en actividad de la más alta graduación del Agrupamiento Comando de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.”
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.