Provincia de Buenos Aires

ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Nº 21/14

 

La Plata, 28 de febrero de 2014.

 

VISTO lo normado por Ley Nº 13.757, el Decreto Nº 23 de fecha 12 de diciembre de 2007; la Ley Nº 13.592 y su Decreto Reglamentario Nº 1.215/10, las Resoluciones Nº 367/10, Nº 188/12, 137/13, 138/13, 139/13, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 15 de la Ley Nº 13.592 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos crea el Registro de Tecnologías cuya finalidad es registrar los proyectos aplicables al tratamiento o la disposición final de residuos sólidos urbanos;

 

Que el Decreto Nº 1.215/10 reglamentario de la Ley Nº 13.592 establece que la Autoridad de Aplicación deberá implementar el mencionado Registro estableciendo las pautas para su funcionamiento;

 

Que, por Resolución Nº 367/10 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible se implementó el Registro de Tecnologías;

 

Que esta dependencia ministerial por Resolución Nº 188/12 aprobó el modelo de Manifiesto de Transporte de Residuos Industriales no Especiales, estableciendo asimismo la obligatoriedad de su uso;

 

Que por los actos administrativos 137/13, 138/13 y 139/13 este organismo estableció la obligación de realizar un plan de gestión diferenciada de los residuos sólidos urbanos o asimilables a éstos para los denominados grandes generadores;

 

Que las resoluciones mencionadas en el considerando precedente tienen por objeto promover la incorporación de la separación en origen, la valorización, la reutilización, el reciclaje y la minimización de la generación;

 

Que corresponde en esta instancia establecer un certificado online de tratamiento para los residuos sólidos urbanos, acorde al concepto establecido en la Ley Nº 13.592, a los efectos de mejorar el control sobre la trazabilidad de estos residuos y la fiscalización del cumplimiento de las Resoluciones 137/13, 138/13 y 139/13;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 13.757;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL

PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar el modelo de Certificado de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos contemplado en el Anexo Único de la presente cuya aplicación es de carácter obligatorio.

 

ARTÍCULO 2º. Establecer que el formulario de Certificado de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, se generará en el sitio web del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (www.opds.gba.gov.ar, o el que en el futuro lo reemplace).

 

ARTÍCULO 3°. Los establecimientos tratadores y/u operadores de Residuos Sólidos Urbanos contarán con un plazo máximo de treinta (30) días posteriores al tratamiento del residuo, para remitir el Certificado de Tratamiento a sus generadores.

 

ARTÍCULO 4º. La presente Resolución entrará en vigencia a los treinta (30) días contados desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires (S.I.N.B.A.). Cumplido, archivar. Nota: El Anexo Único podrá ser consultado en el OPDS.

 

Hugo Javier Bilbao

Director Ejecutivo

C.C. 2.545