DECRETO 1020/2021
LA PLATA, 16 de Noviembre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-14078363-GDEBA-DSTAMMPGYDSGP del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, mediante el cual se propicia aprobar herramientas para el abordaje interministerial de situaciones de alto riesgo y casos críticos en violencias por razones de género, y
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, el Estado Nacional asumió el deber de adoptar políticas encaminadas a eliminar la discriminación contra las mujeres y orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia, incluyendo en su legislación interna las normas que sean necesarias para tal fin;
Que, bajo ese lineamiento, es menester tener en cuenta la situación de la violencia que puedan sufrir las mujeres en razón de varios factores, entre los cuales se incluyen la orientación sexual y la identidad de género;
Que, en ese sentido, la provincia de Buenos Aires ha sancionado diferentes normas, entre ellas, la Ley Nº 12.569 de “Violencia Familiar” y sus modificatorias, que define la violencia familiar, las personas legitimadas para denunciar judicialmente y su procedimiento, como así también las acciones asignada s al Poder Ejecutivo;
Que la Ley Nacional de Protección Integral N° 26.485 complementa y amplía la esfera de intervención prevista por la Ley N° 12.569, al prever en sus artículos 5° y 6° los distintos tipos y modalidades de violencia contra las mujeres;
Que, en ese marco, la Ley Nacional N° 26.791 modificó el Código Penal Argentino, a fin de ampliar la figura del homicidio calificado por el vínculo y los crímenes de odio, e incorporar las figuras de femicidio y femicidio vinculado, siendo también estos agravantes aplicables a los casos de lesiones;
Que, de acuerdo a los informes del Registro Nacional de Femicidios de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Ministerio Público Fiscal de la Nación, doscientas cuarenta y siete (247) mujeres fueron víctimas directas de femicidios durante el año 2019, y en un 90% de los casos el femicida convivía con la víctima, siendo su pareja o expareja;
Que mediante la Ley Nº 15.164 se creó el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, asignando entre sus competencias la de entender en todo lo inherente a las políticas de géneros y diversidad sexual; diseñar las políticas integrales de abordaje destinadas a prevenir, erradicar y sancionar las violencias por razones de género y de asistencia a las víctimas; además, intervenir en la prevención y erradicación de todo tipo de discriminación, violencia, acoso y maltrato contra las mujeres y LGTBI+;
Que, durante el año 2020, la Dirección Provincial de Situaciones de Alto Riesgo y de Casos Críticos de las Violencias por Razones de Género registró e intervino en dos mil setecientos setenta y cinco (2.775) casos, de los cuales mil (1.000) fueron situaciones de alto riesgo, y ciento ocho (108) casos de femicidios;
Que mediante el Decreto N° 997/2020 se creó -en la órbita de la Subsecretaría de Políticas Contra las Violencias por Razones de Género del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual- el Sistema Integrado de Políticas Públicas Contra las Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires (SIPP), como propuesta metodológica para el abordaje de la gestión pública en violencia por razones de género;
Que lo expuesto exige adecuar los instrumentos existentes a los nuevos objetivos prioritarios de gobierno, dotándolos de las herramientas necesarias que les permitan complementar los mecanismos vigentes, por lo cual resulta necesario complementar el Decreto N° 997/2020, incorporando como integrante del SIPP a la Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos en Violencias por Razones de Género, cuya creación se propicia por el presente;
Que, asimismo, resulta necesario aprobar la “Matriz única de factores de alto riesgo en casos de violencias por razones de género”, como instrumento de evaluación de riesgo para el abordaje de estas situaciones en los organismos gubernamentales con competencia en la materia en el territorio de la Provincia;
Que, en ese marco, mediante la Resolución Conjunta N° 3/2020 de los/as Ministros/as de Seguridad, de Justicia y Derechos Humanos y de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, se creó el “Programa Interministerial de Abordaje Integral de las Violencias Extremas por Motivos de Género”, con el objetivo de implementar políticas públicas interministeriales específicas para abordar de manera integral todo tipo de violencias extremas por motivos de género;
Que, en el mismo sentido, se propone la creación del “Programa de Enlace Territorial para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos de las Violencias por Razones de Género”, cuyo objetivo es promover un modelo que apunte a reducir la fragmentación y dispersión en las intervenciones, dando atención y seguimiento de estas situaciones en la provincia de Buenos Aires;
Que, a través del Decreto N° 123/21, el Poder Ejecutivo Nacional creó el “Consejo Federal para la Prevención y el Abordaje de Femicidios, Travesticidios y Transfemicidios”, con el fin de establecer un ámbito de trabajo interinstitucional que garantice un abordaje integral, eficaz y articulado por parte de los distintos organismos involucrados del Estado Nacional, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de prevención, investigación, sanción, asistencia y reparación de los femicidios, travesticidios, transfemicidios y otras violencias extremas;
Que, en igual sentido, se propone la creación del “Consejo Asesor de Especialistas en Violencias por Razones de Género”, integrado por expertas y expertos en materia de violencia por razones de género, con el fin de acompañar y asesorar en el análisis y monitoreo de las líneas de acción que defina la Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos en Violencias por Razones de Género;
Que, en el marco de la integralidad de las políticas públicas y el ordenamiento normativo mencionado, mediante el Decreto N° 997/2020, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires ha implementado y generado políticas en la prevención, detección temprana, acompañamiento y erradicación de la violencia por razones de género, incorporándola como una problemática a abordar dentro de los programas y la atención integral en salud de las mujeres y LGTBI+;
Que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 1153/2020, y a través de la Dirección de Lucha contra las Violencias de Género de la Subsecretaría de Política Criminal y de la Dirección Provincial de Acceso a la Justicia y Asistencia a la Víctima de la Subsecretaría de Justicia, impulsa acciones interinstitucionales para la prevención y erradicación de las violencias por razones de género, así como para la adecuada gestión e investigación de estos casos;
Que, en este sentido, en coordinación con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, la cartera ministerial de Justicia y Derechos Humanos trabaja para que las respuestas estatales sean sensibles a las necesidades de las víctimas, a la vez que implementa iniciativas para abordar las masculinidades hegemónicas en el contexto carcelario;
Que el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de lo establecido en el Decreto N° 275/21, creó -en el ámbito de la Subsecretaría de Formación y Desarrollo Profesional- la Dirección Provincial de Políticas de Género y Derechos Humanos, estableciendo dentro de sus objetivos la incorporación de la perspectiva de género y la diversidad en las acciones de formación y capacitación policial, y la transversalización de esa perspectiva en los diferentes núcleos y espacios de los servicios policiales, en articulación con los lineamientos establecidos por el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, con el fin de mitigar las desigualdades, eliminar la discriminación y erradicar la violencia contra las mujeres;
Que, dada la gravedad y complejidad del fenómeno de los femicidios, travesticidios y transfemicidios y otros tipos de violencias extremas por razones de género, se exige para su prevención y su abordaje, en el marco de sus competencias, la adopción de medidas coordinadas, articuladas e integrales entre organismos nacionales y provinciales, como así también con órganos del Poder Judicial, Ministerio Público y gobiernos locales;
Que, en consecuencia, deviene necesaria la aprobación de las herramientas e instrumentos citados precedentemente para coadyuvar al abordaje interministerial de situaciones de alto riesgo y casos críticos en violencias por razones de género;
Que se han expedido favorablemente las áreas con competencia de los Ministerios de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, de Seguridad, de Salud, de Justicia y Derechos Humanos, de Gobierno y de Hacienda y Finanzas;
Que han tomado intervención en razón de sus competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 11 de la Ley N° 15.164 y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Crear la Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos en Violencias por Razones de Género, cuyos fundamentos, funciones, integración y modalidad de trabajo se detallan en el Anexo I (IF-2021-28239768-GDEBADSTAMMPGYDSGP), que forma parte del presente.
ARTÍCULO 2°. Determinar que la Mesa creada por el artículo precedente estará integrada por las/os Ministras/os Secretarias/os en los Departamentos de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, de Justicia y Derechos Humanos, de Seguridad, de Salud y de Gobierno, y/o jurisdicciones que en un futuro los reemplacen con competencia en la materia.
La máxima autoridad del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual tendrá a su cargo la coordinación de la Mesa y podrá incorporar a otras carteras ministeriales en acuerdo previo de sus integrantes.
ARTÍCULO 3°. Modificar el artículo 2° del Decreto N° 997/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2°. Establecer que el Sistema Integrado de Políticas Públicas Contra las Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires estará integrado por:
1. La Mesa Intersectorial Provincial (MIP), prevista en el Decreto N° 2875/05 y sus modificatorios;
2. Las Mesas Locales Intersectoriales (MLI), establecidas en el Decreto N° 2875/05 y sus modificatorios;
3. Las personas Acompañantes, contempladas en el artículo 6° ter de la Ley N° 12.569;
4. La Red Provincial de Dispositivos Territoriales de Protección Integral (RPDTPI);
5. El Registro Único de Casos de Violencia de Género (RUC), creado por la Ley N° 14.603;
6. La línea 144;
7. Los espacios de Trabajo con Varones que Ejercen Violencias;
8. El Programa Comunidades sin Violencias;
9. El fondo de emergencia en Violencias por Razones de Género.
10. La Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos en Violencias por Razones de Género”.
ARTÍCULO 4°. Crear, en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, el Consejo Asesor de Especialistas en Violencias por Razones de Género, con el objeto de asesorar a la Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos en Violencias por Razones de Género, cuyas misiones, funciones, modalidad de trabajo y disposiciones generales se establecen en el Anexo II (IF-2021-29270439-GDEBADSTAMMPGYDSGP), que forma parte del presente.
ARTÍCULO 5°. Delegar en la Ministra de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual la designación ad honorem de las y los integrantes del Consejo Asesor de Especialistas en Violencias por Razones de Género creado por el artículo precedente.
ARTÍCULO 6°. Aprobar la “Matriz Única de Factores de Alto Riesgo en Casos de Violencias por Razones de Género”, como instrumento de evaluación de riesgo para el abordaje de estas situaciones en los organismos gubernamentales con competencia en la materia en el territorio de la Provincia, que como Anexo III (IF-2021-28239822-GDEBA-DSTAMMPGYDSGP) forma parte del presente.
ARTÍCULO 7°. Facultar al Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual a realizar adecuaciones al instrumento aprobado por el artículo precedente, previo acuerdo de la Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos en Violencias por Razones de Género, creada por el artículo 1° del presente.
ARTÍCULO 8°. Crear el “Programa de Enlace Territorial para el abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos de las Violencias por Razones de Género” en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, que como Anexo IV (IF-2021-28239854-GDEBADSTAMMPGYDSGP) forma parte del presente.
ARTÍCULO 9°. Facultar al Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual a dictar las normas reglamentarias, interpretativas, complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para la implementación del programa creado por el artículo precedente.
ARTÍCULO 10. Crear el “Programa de abordaje integral de las violencias en el ámbito de la salud pública” en la órbita de la Dirección Provincial contra las Violencias en el Ámbito de la Salud Pública del Ministerio de Salud, que como Anexo V (IF-2021-28239891-GDEBA-DSTAMMPGYDSGP) forma parte del presente.
ARTÍCULO 11. Facultar al Ministerio de Salud a dictar las normas reglamentarias interpretativas, complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para la implementación del programa creado por el artículo precedente.
ARTÍCULO 12. Establecer que los Ministerios de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual y de Salud propondrán al Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 13. El presente decreto será refrendado por las/os Ministras/os Secretarias/os en los Departamentos de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, de Seguridad, de Salud, de Justicia y Derechos Humanos, de Gobierno, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 14. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Estela Elvira Díaz, Ministra; Sergio Berni, Ministro; Nicolás Kreplak, Ministro; Julio César Alak, Ministro; María Cristina Álvarez Rodríguez, Ministra; Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.
ANEXO I
Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto
Riesgo y Casos Críticos en Violencias por Razones de Género
Misión.
La Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos en Violencias por Razones de Género tiene como misión conformar un espacio para impulsar políticas públicas desde una perspectiva de derechos humanos, de género y de integralidad en articulación con el resto de los organismos competentes en la materia.
Funciones de la Mesa Interministerial Especializada:
a. Garantizar el seguimiento de las medidas o acciones interministeriales específicas para abordar de manera integral situaciones de alto riesgo y casos críticos en violencia por razones de género.
b. Garantizar la coordinación fluida y eficiente entre los ministerios intervinientes.
c. Garantizar el intercambio de información continua ante situaciones de alto riesgo y casos críticos en violencia por razones de género.
d. Garantizar la gestión integrada y coordinada de la información estratégica y estadística en materia de situaciones de alto riesgo y casos críticos en violencias por razones de género.
e. Promover una gestión articulada y uniforme con municipios ante situaciones de casos críticos y alto riesgo de violencia por razones de género.
f. Promover una vinculación articulada con la Suprema Corte de Justicia y la Procuración General de la Provincia de Buenos Aires ante situaciones de violencias extremas por motivos de género a fin de establecer mecanismos de resolución de situaciones que requieran la intervención de diferentes dependencias.
g. Elaborar lineamientos, criterios rectores de actuación, sugerencias y guías en materia de abordaje de situaciones de alto riesgo y casos críticos de violencia por razones de género a los fines de establecer una intervención metodológica unificada.
h. Monitorear el avance de la implementación de las políticas públicas interministeriales, evaluando el alcance y eficacia de sus acciones.
i. Consultar al Consejo Asesor de Especialistas en Violencias por Razones de Género.
j. Revisar y actualizar la Matriz Única de factores de Alto Riesgo en Casos de Violencias por Razones de Género.
Funciones del MMPGyDS como coordinador de la Mesa Interministerial Especializada para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos en Violencia por Razones de Género.
La máxima autoridad del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual tendrá a su cargo la coordinación de la Mesa.
Las convocatorias de las reuniones serán cursadas por el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, con el orden del día y con la anticipación adecuada para permitir el correcto desarrollo de éstas. Asimismo, desde este espacio se facilitarán las herramientas para que las/los miembros de la Mesa cuenten con los documentos necesarios para cada reunión, y se confeccionará un acta de cada reunión que será refrendada por los integrantes de la Mesa, la cual deberá contener en forma clara y precisa:
- La fecha, la hora y el lugar de la reunión.
- El número de la convocatoria.
- La identidad de las personas que concurrieron a la reunión.
- El número de asistentes.
- La agenda de trabajo.
- Un resumen de las deliberaciones.
- Los acuerdos alcanzados.
Integración
La Mesa quedará integrada por las/os Ministras/os Secretarias/os en los Departamentos de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, Justicia y Derechos Humanos, Seguridad, Salud y Gobierno y/o jurisdicciones que un futuro los reemplacen o que se decida incorporar, siempre con competencia en la materia. Los y las integrantes desarrollarán su tarea ad honorem.
Modalidad de trabajo
Se realizarán reuniones periódicas con frecuencia bimestrales. No obstante, se tendrán en consideración situaciones particulares que ameriten modificar la periodicidad establecida. Las reuniones podrán desarrollarse de forma presencial, remota o mixta.
ANEXO II
Consejo Asesor de Especialistas en Violencias por Razones de Género
Misión.
Tendrá como misión conformar un espacio calificado de intercambio, reflexión y análisis que permita, desde un enfoque inter y transdisciplinario, detectar los principales problemas, revisar las acciones en marcha y formular ejes nuevos de intervención, revisando más que nada lo que acontece en la ruta crítica que atraviesan las víctimas de violencias de género, y especialmente en aquellas situaciones que se configuran como críticas y de alto riesgo.
Funciones
Las funciones del Consejo comprenderán:
Integración
El Consejo estará integrado por expertas y expertos en materia de violencias por razones de género y se espera que su acompañamiento y asesoramiento aporte insumos y elementos centrales para el análisis y monitoreo de las líneas de acción que defina la Mesa Interministerial, de forma tal que se puedan producir intercambios que contribuyan con la reflexión de las prácticas institucionales. Se apunta, de este modo, a reducir los niveles de fragmentación en las intervenciones y avanzar en un abordaje integral, que nos encamine a la prevención efectiva de las violencias de género y su cara más extrema como son los femicidios, travesticidios y transfemicidios.
Modalidad de trabajo
Se realizarán reuniones con frecuencia bimestrales. No obstante, se tendrán en consideración situaciones particulares que ameriten modificar la periodicidad establecida. Las reuniones podrán desarrollarse de forma presencial, remota o mixta. Según la temática a tratar podrá trabajarse con el conjunto de sus integrantes o sólo con una parte, en función de los perfiles profesionales de las y los integrantes.
En caso de considerarlo pertinente, desde el Consejo Asesor se podrá convocar a estas reuniones como invitados a otras/os expertas/os y/o actores clave para intercambios puntuales, con vistas a profundizar aspectos cruciales que permitan alcanzar las mejores opciones de políticas.
Las convocatorias de las reuniones serán cursadas por el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, con el orden del día establecido y con la anticipación adecuada para permitir el correcto desarrollo de éstas. Asimismo, desde este espacio se facilitarán las herramientas para que las/los miembros del Consejo y de la Mesa cuenten con los documentos necesarios para cada reunión, y se confeccionará un acta de cada reunión que será refrendada por los integrantes del Consejo y de la Mesa, la cual deberá contener en forma clara y precisa:
- La fecha, la hora y el lugar de la reunión.
- El número de la convocatoria.
- La identidad de las personas que concurrieron a la reunión.
- El número de asistentes.
- La agenda de trabajo.
-Un resumen de las deliberaciones.
- Los acuerdos alcanzados.
Disposiciones Generales
La participación de cada integrante del Consejo será de carácter ad honorem.
Los gastos ordinarios para el funcionamiento del Consejo Asesor serán atendidos a través de las áreas administrativas del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual.
ANEXO III
Matriz Única de Factores de Alto Riesgo en Casos de Violencias por Razones de Género
La Matriz Única de Factores de Alto Riesgo en Casos de Violencias por Razones de Género tiene como objetivo que todas las instituciones que estén involucradas en brindar una respuesta efectiva ante estas situaciones puedan medir el riesgo de la misma manera, e identificar rápidamente cuando se encuentren ante casos de alto o riesgo. Cuando se habla de “alto riesgo” nos estamos refiriendo a riesgo cierto de incremento de la violencia y/o posibilidad o tentativa de femicidio, transfemicidio o travesticidio, entendiendo el riesgo como la probabilidad de que algo suceda.
Tal como lo plantea la Guía metodológica para la aplicación de un instrumento de registro de casos de violencia contra la mujer en el ámbito de las relaciones familiares: “La valoración del riesgo resulta de una consideración conjunta y situacional de un sinnúmero de factores. Si la/el especialista considera que existen elementos para sospechar que se encuentra ante un caso de riesgo, debe actuar en consecuencia y con independencia de las respuestas y los criterios que surjan del instrumento”.
Para realizar una evaluación de riesgo consistente se necesita construir un lenguaje y un marco interpretativo común, que permita desterrar la polifonía estatal para no emitir mensajes equívocos o intervenir de manera errática en las situaciones de violencias. Pero, además, para construir confianza en las intervenciones de todas las instituciones que aborden estos casos.
La matriz citada está organizada en 3 grandes dimensiones, identificadas a partir del trabajo cotidiano de la Línea 144 de la provincia de Buenos Aires (en adelante “Línea 144 PBA”) y los informes realizados a partir de esa primera escucha, especialmente el Primer Informe de “Análisis de los intentos de femicidios Identificados en la Línea 144 PBA” en el periodo de enero a mayo 2020”. El análisisde los datos que surgen de este dispositivo permitió organizar las dimensiones de la siguiente manera:
A su vez, cada dimensión se desagrega en sub-dimensiones con sus respectivos indicadores que permiten evaluar los diferentes niveles de riesgo. De acuerdo a la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), los indicadores son expresiones de situaciones determinadas: “los indicadores no son medidas exactas y aunque deben hablar por sí mismos —cuanto más expresivos más útiles serán— no pueden dejar de situarse en un determinado contexto”. A pesar de que los indicadores se definen como el dato directamente observable, es necesario tener presente que la evaluación del riesgo requiere de un análisis integral de estos indicadores que permita inferir si la situación presenta un riesgo para la vida o integridad psicofísica para la mujer o LGTBI+. Para ello, es necesaria una labor interpretativa por parte de la/el agente estatal.
Este instrumento se caracteriza por estar construido desde un marco teórico específico para el análisis de las violencias por razones de género, con el insumo de la experiencia cotidiana del trabajo de las teleoperadoras de Línea 144 PBA en el marco de la Dirección Provincial de Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género, como también del trabajo de la Dirección Provincial de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos de las Violencias por Razones de Género, y por ello resulta pertinente para el trabajo situado, es decir, se ajusta a las características del territorio de la Provincia.
La utilización de esta herramienta, que propone la evaluación integral, hace foco en destacar la presencia de pautas de alarma que ameritan medidas urgentes, seguimiento y/o intervenciones concretas. Para esta evaluación, se requiere una escucha activa por personal formado/a en la temática, que pueda reconstruir el riesgo en el que se encuentran las denunciantes a partir del interjuego de los indicadores o pautas de alarma situadas en la historia y contexto de la mujer o LGTBI+ concreta. Por ejemplo, si una mujer víctima de violencia se encuentra embarazada, este dato aislado no parecería arrojar a priori un riesgo medio o alto, sin embargo, si a esa situación se suma que en el último tiempo la violencia fue aumentando, que la mujer no tiene redes vinculares, y que sufre violencia física y sexual, la valoración del riesgo es diferente.
De esta manera la matriz cumple la función de presentar los indicadores que permiten componer una situación, poder dar cuenta del riesgo en que se encuentra la/las persona/s que la sufren y también caracterizar a la/s persona/s que ejerce/n la violencia y el contexto en que se desarrolla. El objetivo de esta herramienta es dotar de los elementos necesarios para que de manera integral y articuladamente se actúe e intervenga con asertividad a fin de disminuir o cesar la situación de violencia y construir la estrategia de salida.
Dimensión |
Subdimensión |
|
Factor de riesgo |
|||
M+SVG* |
Interseccionalidad |
|
Persona migrante (Interna/externa) |
|||
Persona en situación de prostitución |
||||||
Persona en situación de calle |
||||||
Víctima de trata |
||||||
Pertenencia a comunidad indígena |
||||||
Persona afrodescendiente |
||||||
Persona en conflicto con la ley penal |
||||||
Edad |
||||||
Posee algún tipo de discapacidad |
||||||
Salud |
|
Falta acceso al cuidado de la salud |
||||
Ideación suicida |
||||||
Ideación homicida |
||||||
Intento de suicidio |
||||||
Embarazo |
||||||
Puerperio |
||||||
Presenta problemas de salud/salud mental asociados a la situación de violencia |
||||||
Presenta problemas de salud /salud mental |
||||||
Consumo problemático |
||||||
Condiciones de vida |
|
No tiene ingresos propios |
||||
Tiene y no puede administrarlos |
||||||
Le son insuficientes sus ingresos |
||||||
Dependencia económica/laboral de la PeA |
||||||
Características de seguridad de la vivienda |
||||||
Personas a cargo |
|
Hijos/as |
||||
Otras personas a cargo |
||||||
Red vincular |
|
No posee red vincular |
||||
Sometimiento subjetivo |
|
Se percibe responsable de la situación de violencia |
||||
Tiene expectativas de cambio de conductas de la PeA |
||||||
No quiere realizar ningún cambio frente a la situación |
||||||
No identifica alternativa de salida |
||||||
Datos del hecho |
Caracterización del hecho |
|
Por urgencias/ayuda no tiene donde recurrir |
|||
Frecuencia de los episodios violentos |
||||||
Convive con la PeA |
||||||
Tipos/ modalidades de la violencia |
Física |
Quemaduras/arrojo de líquidos inflamables |
||||
Golpes/Empujones/Tirones de pelo |
||||||
Aborto/ esterilización forzada |
||||||
Agresión física con el hija/o en brazos |
||||||
Atropello con el auto |
||||||
Estrangulamiento/ Asfixia |
||||||
Lesiones con arma de fuego |
||||||
Lesiones con armas blancas u objetos punzocortantes |
||||||
Privación ilegítima de la libertad (encierro, secuestro) |
||||||
Psicológica |
Aislamiento de vínculos/círculo de confianza |
|||||
Amenazas de muerte |
||||||
Amenazas de daño físico |
||||||
Persecución / Hostigamiento |
||||||
Vigilancia y control permanente |
||||||
Sexual |
Prohibición/ rechazo al uso de métodos anticonceptivos/aborto forzado/estirilización forzada |
|||||
Obligación a prostituirse |
||||||
Violación |
||||||
Obligar a la persona a presenciar el abuso de otra persona |
||||||
Económica |
Incumplimiento de cuota alimentaria/ Negación de la cuota alimentaria |
|||||
Privación de acceso al dinero |
||||||
Limitación o control de gastos |
||||||
Simbólica |
Desvalorización/descalificación |
|||||
Ambiental |
Entrada forzosa a la vivienda |
|||||
Arrojo de objetos sin impacto en la PSVG |
||||||
|
|
|
Destrucción de bienes/objetos de la persona |
|||
Política |
Acoso sexual |
|||||
Hostigar, desacreditar o restringir la participación política. |
||||||
Impedir la asistencia a actividades que impliquen la toma de decisiones |
||||||
Amenazar y/o imponer sanciones injustificadas por razones de género. |
||||||
Institucional |
Minimizar la gravedad de la situación |
|||||
Omitir actuar/intervenir |
||||||
Brindar información errónea |
||||||
Digital |
Acoso digital o ciberacoso a través de comentarios sexuales, fotografías y grabaciones no consentidas |
|||||
Difusión de imágenes íntimas (fotos, videos, filmaciones) sin consentimiento |
||||||
Suplantación de identidad a través del hackeo de cuentas y/o la creación de perfiles falsos. |
||||||
Factores relacionados con el hecho |
|
Amenaza de muerte a la M+SVG |
||||
Intento de femicidios / transfemicidios / travesticidios |
||||||
Divorcio o separación reciente |
||||||
Amenaza de matar/lesionar a las/os hijas/os, parejas actuales o ex parejas |
||||||
Utilización de instrumentos o medios lesivos |
||||||
PeA vive en el mismo terreno |
||||||
PeA vive en el mismo barrio |
||||||
Familiares de la PeA viven en el mismo terreno |
||||||
PeA* |
Factores relacionados con la persona agresora |
|
Existencia de medidas de protección |
|||
Funciorario/a público |
||||||
Persona con reconocimiento social |
||||||
Persona con poder económico |
||||||
Pertenece a fuerza de seguridad |
||||||
Tenencia de Armas |
||||||
Uso/Conocimiento de armas |
||||||
Conocimientos de técnicas de defensa personal (Karate, boxeo, etc) |
||||||
Consumo problemático de drogas/alcohol |
||||||
Intento/amenaza de suicidio |
||||||
Vínculo con la polícía/justicia/autoridades |
||||||
PeA posee antecedentes judiciales/policiales/violación de medidas |
Vínculo con actividades ilícitas |
|||||
Desobediencia a las medidas de restricción |
||||||
Judiciales/policiales por violencia contra la M+SVG |
||||||
Judiciales/policiales por VG* en vínculos anteriores |
||||||
Antecedentes por VG en vínculos anteriores no denunciados |
||||||
Antecedentes judiciales/ policiales por otras causas |
Anexo IV
Programa de Enlace Territorial para el Abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos de las Violencias por Razones de Género
Definiciones
Las situaciones de alto riesgo y casos críticos se configuran a partir de evaluar la existencia de un real o potencial daño a la salud, integridad física y/o vida de la mujer o LGTBI+ en situación de violencia. La situación se puede conocer a partir de existir hechos concretos que pongan en peligro la salud, integridad física y/o la vida que permiten a los equipos interdisciplinarios determinar, a través de una evaluación del riesgo, la existencia o la posibilidad de existencia de dicho daño.
Los casos críticos se caracterizan por una falta de respuesta adecuada de alguna institución (gubernamental o judicial) que tenga el deber de dar respuesta. Se configuran a partir de evaluar la existencia de un historial personal y/o institucional de violencia por razones de género, junto con una falta de respuesta institucional y/o judicial, independiente de si la situación conlleva un peligro inminente. Un caso crítico puede devenir en alto riesgo si no se delimita a tiempo la respuesta adecuada para prevenirlo.
Componentes
El Programa de Enlace Territorial para el abordaje de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos de las Violencias por Razones de Género constará de los siguientes componentes:
1. La asistencia de casos por equipos interdisciplinarios con actuación regionalizada, tomando de referencia a los Departamentos Judiciales.
2. La elaboración de Guías de Actuación.
3. Capacitación en aplicación de la Matriz Única de Factores de Alto Riesgo en Casos de Violencias por Razones de Género a los equipos interdisciplinarios y de otros organismos.
4. La Sistematización en el Registro Único de Casos de Violencia de Género (RUCVG) de las situaciones abordadas.
Desarrollo de componentes:
1. La asistencia de casos por equipos interdisciplinarios con actuación regionalizada, tomando de referencia los Departamentos Judiciales.
Los equipos de enlace territorial se constituirán en ámbitos interinstitucionales compuestos por dependencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, del Ministerio de Seguridad, entre otras. Se invitará al Poder Judicial para que designe representantes para la articulación interpoderes en las intervenciones. Con este abordaje integral de las violencias por motivos de género se pretende potenciar y agilizar el trabajo, recortando los niveles de fragmentación y dispersión de las actuaciones.
Los equipos interdisciplinarios dependerán funcionalmente de la Dirección Provincial de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos de las Violencias por Razones de Género. Es de suma importancia la mirada unificada en esta problemática, tanto desde el abordaje como de los marcos normativos que definen y rigen la actuación. Por esta razón, se proponen equipos compuestos por profesionales de disciplinas sociales formados en materia de género y violencia por razones de género.
Entre las tareas a desarrollar por los equipos se encuentran:
a. Brindar asistencia y acompañamiento en situaciones de alto riesgo y casos críticos, según las Guías de Actuación que a tal efecto elaborará el Ministerio de Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual en el marco de la Mesa Interministerial para el Abordaje de Casos Críticos y Alto Riesgo de Violencia Por razones de Género.
b. Gestionar el Programa de Abordaje Integral ante Femicidios, Travesticidios y Transfemicidios (PAIF) dependiente del MMPGyDS, aplicando la Guía de dicho Programa. Gestionar el Programa para el apoyo urgente y la asistencia integral inmediata ante casos de Femicidio, Travesticidio y Transfemicidio (PAU) dependiente del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.
c. Implementar en el marco de sus competencias el Programa de Equipos Dispositivos Duales Electrónicos (en adelante, DDE).
d. Observar el acceso a la Ley Brisa (Ley N° 27.452) en articulación con los organismos competentes.
e. Promover políticas de asistencia y seguimiento en situaciones de trata de personas en articulación con las direcciones correspondientes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
f. Elaborar informes periódicos sobre las características que asume el fenómeno de las violencias de género en la provincia de Buenos Aires.
g. Aportar insumos que contribuyan al análisis político criminal en articulación con el Ministerio de Seguridad y Justicia y Derechos Humanos sobre el fenómeno de las violencias de género y su abordaje institucional.
h. Generar ámbitos de trabajo concreto y situado con los actores territoriales involucrados en la temática tanto del poder judicial como otros organismos, a fin de dar una respuesta unívoca y acorde por parte del Estado.
i. Promover el desarrollo de acuerdos mínimos en los abordajes de situaciones de alto riesgo, con los actores institucionales territoriales.
j. Capacitar en matriz de riesgo a las instituciones territoriales que aborden situaciones de alto riesgo.
k. Elaborar guías de acciones, situadas, a partir de cada territorio, que enlacen de manera colaborativa las políticas existentes.
2. La elaboración de Guías de Actuación.
a. Las Guías de actuación serán formuladas por el MMPGyDS de acuerdo a los requerimientos de las tareas desempeñadas por los equipos.
b. Las Guías partirán de la comprensión de la problemática abordada desde una perspectiva de derechos humanos, género e interseccionalidad.
c. A su vez, las mismas contemplarán los procedimientos a seguir ante las situaciones de alto riesgo y los casos críticos.
3. Capacitación en aplicación de Matriz Única de Casos.
La Dirección Provincial de Situaciones de Alto Riesgo y Casos Críticos de las violencias por Razones de Género o dependencia que en el futuro la reemplace, tendrá a su cargo, en articulación con las áreas del Ministerio con incumbencias en las actividades de formación, el desarrollo de capacitaciones destinadas a los equipos de los distintos organismos y jurisdicciones que tengan competencia en las intervenciones en violencias por razones de género.
4. La Sistematización en el Registro Único de Casos de Violencia de Género (RUCVG) de las situaciones abordadas
Las situaciones abordadas serán debidamente consignadas por los equipos en el Registro Único de Casos de Violencia de Género, a fin de poder contar con la historización de las actuaciones realizadas y, a su vez, brindar información para la confección de estadísticas por las áreas correspondientes del MMPGyDS, que permita la revisión de la política pública implementada.
ANEXO V
PROGRAMA DE ABORDAJE INTEGRAL DE LAS VIOLENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA SALUD PÚBLICA
PRESENTACIÓN
La Dirección Provincial contra las Violencias en el Ámbito de la Salud Pública, dependiente de la Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencia de Género del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, tiene como una de sus principales funciones la construcción e implementación de acciones tendientes a promover abordajes integrales de las violencias existentes en el ámbito de la Salud.
Las violencias en general y las violencias basadas en género en particular, se presentan como un problema social complejo ligado a múltiples determinaciones, como son la producción y reproducción cultural y social de lógicas patriarcales. Las relaciones socio históricas de poder interiorizadas en la constitución subjetiva, sustentan la supremacía de las subjetividades hegemónicas masculinas, entre otras intersecciones de ordenamientos de poder como son la clase, género, edad, de origen, entre otros.
La perspectiva de género permite comprender en profundidad cuál es la posición social, política, económica y cultural destinada a hombres, mujeres e identidades no binarias dentro de una cultura socio histórica particular. La discriminación, el control y la dominación no siempre se producen en forma explícita. Lo simbólico es central en la producción y reproducción de estos mecanismos.
Este enfoque otorga visibilidad sobre los modos de enfermar, cuidar y acceder a la atención de la salud de forma diferencial por género, entre otras desigualdades sociales que operan en cada situación. A su vez, poder incorporar esta perspectiva implica repensar y revisar prácticas cotidianas de los equipos de salud y efectores para la transformación del sistema sanitario en términos de disponibilidad, accesibilidad material y simbólica, no discriminación, aceptabilidad, calidad y equidad en salud.
La articulación de los enfoques de género y de derechos en salud parte de principios rectores como la corresponsabilidad, interseccionalidad, intersectorialidad, interdisciplina e intersaberes, la participación comunitaria y el trabajo en red.
Históricamente el sistema de salud se ha limitado a la atención y /o reparación de los efectos que produce sobre la salud los distintos escenarios de las violencias. Las situaciones de violencia que toman expresión en el sistema de salud, según sea el caso y las posibilidades particulares de los efectores, muchas veces han quedado subregistradas o no han podido ser abordadas con integralidad. La creación e implementación de políticas de abordaje integrales en el ámbito de la salud es clave en tanto los distintos dispositivos de salud constituyen una puerta de entrada del Estado en el territorio. Los equipos de salud ocupan una posición privilegiada para detectar, recibir la primera escucha y acompañar las situaciones de violencias que padecen las personas en su vida cotidiana, para articular interinstitucionalmente e intersectorialmente, así como para implementar e institucionalizar un sistema de registro sanitario de las mismas. Por ello postulamos que las violencias son un problema de Salud Pública ya que participa de la construcción de la integralidad en los abordajes de las violencias, de acuerdo a la corresponsabilidad establecida en la Ley 12.569 de Violencia Familiar.
En este sentido, el presente programa se enmarca en el proceso de transformación del modelo de abordaje de las violencias que se promueve de modo transversal en las distintas áreas del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en concordancia y articulación a lo establecido en el Sistema Integrado de políticas públicas contra las violencias (SIPP) según Resolución 997/2020.
A partir de ello, se impulsó la creación e implementación de un “Programa de Abordaje Integral de las Violencias en el Ámbito de la Salud Pública” cuyo objetivo principal es la conformación, fortalecimiento e institucionalización de una Red Provincial que aborde sanitariamente las violencias, desde un modelo de promoción, protección, asistencia y acompañamiento basado en un enfoque de derechos, con perspectiva de género, interseccional, comunitaria, co-responsable e intersectorial.
La creación de un Programa que organice los distintos lineamientos, estrategias y acciones, producto del trabajo conjunto y la articulación con los distintos organismos, fundamentalmente con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, constituye un avance fundamental en el proceso hacia la institucionalización de un nuevo paradigma de abordaje en red y territorial de las violencias en el ámbito de la salud.
La territorialización de la política de abordaje integral de las violencias, en particular las violencias por razones de género, es estratégica para traducir en la heterogeneidad y diversidad presente en los territorios de la Provincia de Buenos Aires.
Pensar en términos de Redes y Territorialización pretende fortalecer las redes existentes y presentes en los distintos territorios con equipos de referencia que respalden desde el sector salud los abordajes de las violencias, constituyendo una nueva herramienta para el apoyo a los equipos de salud y efectores con sede en la Provincia.
Este proceso implica avanzar hacia un modelo de salud que trascienda la fragmentación y sectorización, fortalezca el trabajo en red en clave institucional y comunitaria y potencie acciones de promoción y prevención, entendiendo que los componentes del sistema de salud, tal como lo concebimos desde el Estado Provincial, son actores fundamentales para la detección temprana de situaciones de violencias como la violencia familiar y/o por razones de género que, de no ser identificadas oportunamente, en muchos casos, terminan configurándose como de alto riesgo.
Este Programa es el resultado del camino transitado y las experiencias recuperadas por los equipos de trabajo, constituyendo una línea central de las políticas sanitarias que orientan los abordajes de las violencias en el sistema sanitario de la Provincia de Buenos Aires, incorporando una transversalización de la perspectiva de derechos, de géneros, interseccional y comunitaria en el ámbito de la Salud.
OBJETIVOS GENERALES:
● Transformar el Modelo de Atención de las Violencias en el Sistema de Salud de la Provincia de Buenos Aires a partir de la conformación e institucionalización de una Red Sanitaria de Abordaje Integral de las Violencias para la prevención, detección temprana, asistencia y acompañamiento de situaciones de violencias en general y por razones de género en particular.
● Consolidar un modelo de abordaje integral, situado, interseccional e intersectorial de las violencias en el ámbito de la Salud de la Provincia de Buenos Aires que permita detección, asistencia, acompañamiento y protección de personas en situación de alto riesgo.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
● Conformar equipos interdisciplinarios de referencia en las Regiones Sanitarias (ERS) de la Provincia Buenos Aires para la transversalización de la perspectiva de abordaje integral de las violencias.
● Conformar equipos interdisciplinarios descentralizados en las Regiones Sanitarias (EDA) para la detección, asistencia, acompañamiento y protección de las situaciones de violencia en el ámbito de la Salud Pública de la Provincia de Buenos.
● Brindar herramientas para abordajes integrales de las violencias en el ámbito de la salud que orienten las acciones del personal de salud y la formación permanente situada y centrada en las prácticas.
● Implementar un Sistema de Registro Sanitario de las violencias a fin de sistematizar información de los abordajes realizados.
EJES DE TRABAJO
El programa para el abordaje integral de las violencias en el ámbito de la salud pública va a estar guiado y orientado por tres ejes de trabajo que a continuación se mencionan. Los mismos serán trabajados desde la Transversalidad, Interseccionalidad, Interinstitucionalidad y Territorialidad.
Eje 1. Promoción y prevención
El presente eje de trabajo se centra en la construcción de herramientas, producción de materiales teóricos, metodológicos y comunicacionales, así como espacios de formación, capacitación y acompañamiento, orientadas a la promoción y prevención de las violencias, destinadas a los Equipos de salud, los equipos interdisciplinarios de Referencia Regional (ERS), y los equipos descentralizados de detección, asistencia, acompañamiento y protección de las situaciones de violencia (EDA).
Se pretende que dichas herramientas se constituyan como un insumo y recurso disponible para impulsar el efecto multiplicador de la transformación del modelo de atención de las violencias en todo el sistema sanitario de la Provincia de Buenos Aires
Eje 2. Abordaje Integral -Detección, Escucha, Asistencia, Acompañamiento y Protección.
El presente eje de trabajo supone el fortalecimiento de los Equipos de salud en general, así como los de Referencia Regional (ERS) y de asistencia (EDA) en particular, para brindar y sostener abordajes integrales de las violencias.
Entre las funciones de los Equipos Interdisciplinarios de Referencia (ERS) para abordajes integrales de las violencias en salud se encuentran: promover la perspectiva de género y el enfoque basado en derechos humanos en los Equipos de salud en pos de fortalecer la detección temprana, la asistencia, y el acompañamiento de las personas que sufren de violencia familiar y por razones de género; generar espacios de transferencia de conocimientos y reflexión sobre de las prácticas; conocer y promover el correcto uso de Protocolos y Guías de Acción; promover la inserción comunitaria y el trabajo en Red.
Los equipos Interdisciplinarios Descentralizados de Asistencia (EDA) tendrán como función: Brindar asistencia y acompañamiento en situaciones de violencia que ingresan al sistema de Salud haciendo un uso pertinente de los Protocolos y Guías de Actuación correspondientes; brindar apoyo a los Equipos de salud para la detección, asistencia y acompañamientos de situaciones complejas; articular con la Red de abordaje integral de las violencias interinstitucional a fin de prevenir el agravamiento de los casos de alto riesgo.
Eje 3. Sistema de Registración- Monitoreo.
El presente eje de trabajo pretende la Implementación e Institucionalización de un Sistema de Registro Sanitario de las Violencias (RESAV) -en conexión con el Registro Único de casos de Violencia de Género (RUCVG) del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual- con el objeto de sistematizar información de los abordajes realizados por los distintos equipos que intervienen en las situaciones, caracterizar la demanda recibida (el perfil socio-sanitario, los modos de acceso y los tipos y modalidades de violencias), así como las respuestas que brinda el Sistema de Salud en los casos en que se detectan y se abordan las violencias.