DECRETO-LEY 7630

 

Fijando nuevos destinos a una fracción de tierra expropiada oportunamente en el Partido de Morón

 

LA PLATA, 18 de SEPTIEMBRE de 1970.

 

VISTO, la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 754/970, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Fíjanse como nuevos destinos con el carácter de utilidad pública como causa expropiatoria para la fracción de tierra ubicada en el Partido de Morón, designada como quinta I, Sección E, cuya superficie es de 74.375 metros cuadrados, que fuera expropiada, conforme la Ley 5303, por Decreto 17192/949, al señor Aquilino Carlos Colombo para la construcción de viviendas económicas, los producidos por la vigencia de las Leyes números 5809, 6132 y 7189, Decreto-Ley 11642/963 y Decretos 1801/964 y 2327/966, que se consignan a continuación:

a)      Fracción encuadrada entre las calles Almirante Brown, Constitución (hoy Casullo) y las prolongaciones de las calles Rivadavia y Conesa (hoy Humberto I), cuya superficie resultará de la mensura a practicarse, para la construcción del Colegio Nacional de Morón y de la Escuela Fábrica de la Nación Nº 65, a cuyo efecto se concretará la pertinente donación al Gobierno de la Nación por el artículo 1º de la Ley 5809 y Decreto 2327/966.

b)      Fracción ubicada entre las calles Sarmiento y Constitución (hoy Casullo) y la prolongación de las calles Rivadavia y Conesa (hoy Humberto I), incluyéndose la superficie correspondiente a la proyección de las trazas de las calles citadas, que rodean a la manzana 1ª  del plano 101-80-57, para la instalación del Museo Histórico y de Arte dependiente de la Municipalidad de Morón y para la construcción de viviendas.

c)      Fracción con frente a la calle Almirante Brown entre las de Conesa (hoy Humberto I), Campamento de Vialidad y vías del Ferrocarril Domingo Faustino Sarmiento, compuesta de una superficie aproximada de 19.800 metros cuadrados, con destino a la práctica deportiva por el Club Deportivo Morón, en las condiciones y con las características señaladas en los artículos 2º y 3º de la Ley número 6132.

d)      Fracción de 10 metros de frente sobre la calle Almirante Brown y 30 metros, sobre la Avenida Moisés Lebensohn, con una superficie de 300 metros cuadrados, para la construcción del edificio de la sede social de la asociación civil denominada “Radio Club de Morón”, con personería acordada por Decreto 1711/954, en las condiciones y con las características señaladas en el artículo 3º de la Ley 7189.

e)      Fracción designada con la letra A de la quinta I, con frente a la calle Almirante Brown, entre el terraplén del Ferrocarril Domingo Faustino Sarmiento y el Arroyo Morón (actualmente entubado), con una superficie de 2 has., 54 as., 61 cs., 3.525 cm2., con la situación, dimensiones y linderos que se detallan en la copia del croquis corriente a fs. 4 del expediente 2.410-20.000/958, para la instalación de un depósito de materiales, elementos de trabajo, guarda vehículos y talleres de la Zona II de la Dirección de Vialidad de la Provincia, conforme el Decreto 1801/964.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al registro y “Boletín Oficial” y archívese.