LEY 9708

 

FUNDAMENTOS

 

Por la ley adjunta se declaran de utilidad pública y sujetos a expropiación cuatro (4) bienes inmuebles sitos en la localidad de Berisso, con destino a la ampliación de la Escuela Nº 17 de ese Partido.

Con la medida que se efectiviza se tiende a corregir la superficie libre de esa dependencia educativa, actualmente inadecuada con respecto a la población escolar, lo que significará una solución ideal para el desenvolvimiento de tareas y recreación de una cantidad de alumnos en continuo crecimiento.

Por ello, y considerando que los bienes a expropiar reúnen por su ubicación y características, las condiciones que los tornan aptos para el destino impuesto, el Estado Provincial sanciona la presente ley.