LEY 9708
FUNDAMENTOS
Por la ley adjunta se declaran de
utilidad pública y sujetos a expropiación cuatro (4) bienes inmuebles sitos en
la localidad de Berisso, con destino a la ampliación de
Con la medida que se efectiviza se tiende a corregir la superficie libre de esa dependencia educativa, actualmente inadecuada con respecto a la población escolar, lo que significará una solución ideal para el desenvolvimiento de tareas y recreación de una cantidad de alumnos en continuo crecimiento.
Por ello, y considerando que los bienes a expropiar reúnen por su ubicación y características, las condiciones que los tornan aptos para el destino impuesto, el Estado Provincial sanciona la presente ley.