DECRETO-LEY 3723/58
Declarando ciudad al actual pueblo de Moreno.
LA PLATA, 24 de MARZO de 1958.
VISTO el expediente Nº 2.200-26.625, año 1958, por el que el Comisionado Municipal de Moreno solicita se declare Ciudad al actual pueblo del mismo nombre, cabecera a su vez del Partido homónimo, y
CONSIDERANDO:
Que la localidad de Moreno fue fundada, un día no determinado, en el año 1860 por don Amancio Alcorta y como homenaje al prócer de la Revolución de Mayo, Secretario de la Primera Junta, Doctor Mariano Moreno.
Que a partir de entonces, el fundador y sus familiares continuaron la obra de engrandecimiento del pueblo, mediante construcciones y donaciones; hecho que le valió la creación del Partido de Moreno el 25 de Octubre de 1864 y se mantuvo la cabecera del distrito en ese centro de población.
Que así, con un comienzo netamente ganadero, el Partido adquirió relieve mediante el desarrollo de la agricultura y consecuentemente el pueblo de Moreno obtuvo la reafirmación de manera tal que a través del tiempo se ha ido transformando en un importante centro de población.
Que en la actualidad, merced al empeño de vecinos y autoridades esa localidad de aproximadamente 30.000 personas afincadas, ha logrado un significativo progreso que se traduce en un desarrollo económico de características propias, con gran valorización de la tierra.
Que la presencia en el lugar de una representación diplomática y de entidades bancarias, no hacen sino confirmar la importancia alcanzada por el referido centro urbano.
Que asimismo, merecen destacarse las características arquitectónicas de sus edificios, que han alcanzado un ritmo y nivel que sobrepasan los comunes de pueblos aledaños.
Que el requerimiento de la autoridad comunal está avalado por representaciones de sociedades de fomento que contribuyen al desenvolvimiento y la mayor jerarquía de la población.
Que la Intervención Federal tiene por norma alentar aquellas iniciativas tendientes a fomentar el progreso de los centros urbanos de la Provincia.
Por ello y atento los informes producidos por la Dirección de Estadística e Investigaciones y Archivo Histórico de la Provincia,
EL INTERVENTOR FEDERAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO
DECRETA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Declárase Ciudad al actual pueblo de Moreno, cabecera del Partido del mismo nombre.
ARTÍCULO 2.- Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto-Ley será refrendado en Acuerdo General de Ministros.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.