FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8786
Por esta ley se establecen los
límites correspondientes a los partidos de Berisso y Ensenada y el límite de
éstos con el partido de
El Decreto Ley 4656/57 que dispuso la creación de los partidos de Berisso y Ensenada, determinó en su artículo 4º que una Comisión Intercomunal fijara su situación geográfica, disposición que tiene sus efectos con la sanción del Decreto Ley 12336 del año 1957, que señala provisoriamente los límites de dichos partidos.
Trascurridos 20 años de vigencia de este precepto legal, se hace necesario precisar definitivamente la jurisdicción territorial de cada uno de ellos. Así lo entendieron también las autoridades de cada caso uno de los municipios involucrados, quienes solicitaron la formación de una comisión que tuviera por objeto reunir los antecedentes del caso y evaluar el temperamento a seguir.
Por Decreto 4917/76 se crea esta Comisión, la cual luego de profundizar el estudio sobre el tema, brinda los elementos necesarios para ser conformado el proyecto que por esta ley se sanciona.