FUNDAMENTOS DE LA

LEY 10008

 

Mediante Decreto Ley 8583 de fecha 8 de octubre de 1962, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dispuso donar a favor de la Asociación Pro Rehabilitación Infantil La Plata (A.P.R.I.L.P.) los recortes y rezagos de papel inútiles que se produjeren en todas las reparticiones de la Administración Pro­vincial.

Dicha medida estuvo fundamentada en los objetivos perse­guidos por la citada entidad de beneficencia para cuya concre­ción resulta indispensable disponer de recursos económicos que así lo posibiliten. La comercialización de los desechos de papel donados por la Provincia concurre a fortalecer el patrimonio de la Institución para el cumplimiento de sus fines.

No obstante ello, cabe señalar que al cabo de veinte (20) años de vigencia de la norma legal comentada se nota que ha va­riado la calidad y composición de los desechos donados, sobre ­todo si se tiene en cuenta el crecimiento operado en materia de servicios de procesamiento electrónico de información, que utilizan como medio tarjetas de cartón de apreciable valor económico y fácil recuperación ulterior y que, si bien no pueden asimilarse al concepto "rezago de papel" mencionado en el Decreto-Ley 8583/62, son inc1uídas en el universo de la donación dispuesta ­por dicha norma legal al no contener la misma distinciones ni ­restricciones de naturaleza alguna.

Resulta de interés provincial excluir de los desechos susceptibles de ser donados a A.P.R.I.L.P., a las tarjetas y otros rezagos de papel que deriven de la operatoria a cargo de la Dirección Provincial de Lotería, a los fines de posibilitar­ a dicha repartición la realización de la subasta pública de venta de los mismos, destinándose el producido de dicha comercialización como recurso del Fondo de Quiniela Provincial, instituído por el artículo 4 de la Ley  Provincial 9855.