Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE ECONOMÍA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE POLÍTICA TRIBUTARIA

Disposición 1/13

 

La Plata, 7 de enero de 2013.

 

VISTO y CONSIDERANDO: Que por la Disposición Normativa Serie “B” Nº 31/99 de la ex Dirección Provincial de Rentas se implementó en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires un nuevo Nomenclador de Actividades para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y mediante la Disposición Normativa Serie “B” Nº 36/99 de la ex Dirección Provincial de Rentas se aprobaron las “Notas Explicativas”. Ambas Disposiciones conforman actualmente el Anexo 80 de la Disposición Normativa Serie “B” 1/04 de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires.

Que el artículo 139 de la Ley Nº 14.200, con la modificación introducida por el artículo 181 de la Ley Nº 14.333, designa a la Dirección Provincial de Política Tributaria como Autoridad de Aplicación del Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB’99) o aquél que lo sustituya en el futuro.

Que desde la aprobación del Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB’99) el mismo ha sufrido diversas modificaciones a través de sucesivas Leyes Impositivas y Disposiciones Normativas de la ex Dirección Provincial de Rentas,

Que resulta necesario receptar las modificaciones antes expuestas en un nuevo Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a los fines de armonizar y actualizar su contenido,

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 139 de la Ley Nº 14.200, con la modificación introducida por el artículo 181 de la Ley Nº 14.333

Por ello,

 

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE POLÍTICA TRIBUTARIA,

DISPONE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar, a los fines de la tributación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el Nomenclador de Actividades (NAIIB-99.1), que se adjunta como Anexo I.

 

ARTÍCULO 2°. Las remisiones al Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB’99) contenidas en otros cuerpos normativos, se entenderán efectuadas al Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB- 99.1) que por medio de la presente se aprueba.

 

ARTÍCULO 3°. La presente entrará en vigencia el 1° enero de 2013, fecha a partir de la cual será de utilización obligatoria el nuevo Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB’99.1) que por la presente se aprueba.

 

ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, notificar a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Luis Agustín Lódola

Director Provincial

 

NOTA: El Anexo I podrá ser consultado en la página web del Ministerio de Economía

de la Provincia de Buenos Aires - Subsecretaría de Hacienda - Dirección Provincial de

Política Tributaria (www.ec.gba.gov.ar).

C.C. 2.128