DECRETO 2286/2022
LA PLATA, 25 de Diciembre de 2022
VISTO el expediente EX-2022-38304364-GDEBA-DEOPISU del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, mediante el cual se propicia designar a Hernán Christian REGGIO en la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.430 y modificatorias, a partir de la fecha de notificación, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 932/2022 se aprobó el Acta Acuerdo Salarial N° 3/2022, con fecha 10 de marzo del corriente, en la que se acordó el comienzo de un proceso de pases a Planta Permanente con Estabilidad, previsto en el artículo 15 de la Ley N° 10.430, de aquellos/as trabajadores/as que se encuentren revistando en la Planta Temporaria prevista en el artículo 111 incisos c) y d), que hayan sido designados/as al 31 de diciembre de 2021, con continuidad en el corriente año;
Que, en consecuencia, se propicia en esta instancia la limitación de Hernán Christian REGGIO como Personal de Planta Temporaria Transitorio Mensualizado, a partir de la fecha de notificación, y la designación en la Planta Permanente con Estabilidad, en los términos del artículo 15 de la Ley N° 10.430 y sus modificatorias, para prestar servicios en la Dirección de Servicios Auxiliares, Bienes e Informática, dependiente de la Dirección General de Administración;
Que, asimismo, se propicia otorgar a Hernán Christian REGGIO la Bonificación Remunerativa No Bonificable, prevista en el artículo 3° inciso a) del Decreto N° 588/19;
Que el agente referido precedentemente venía desempeñándose en la Planta Temporaria prevista en el artículo 111 inciso d) y ha sido designado por Resolución Conjunta N° 278/22 del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana y del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que el postulante acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 10.430 y modificatorias para la cobertura del cargo respectivo;
Que la Dirección General de Administración informó la nomenclatura presupuestaria de la presente gestión y el respectivo compromiso provisorio para atender el gasto que demande;
Que, a fin de hacer efectivo el nombramiento, se realizará la adecuación presupuestaria del cargo, de conformidad con el artículo 18 inciso 1) de la Ley N° 15.310 de Presupuesto General - Ejercicio 2022;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que Contaduría General de la Provincia se ha expedido en forma favorable;
Que la presente gestión se propicia a partir de la fecha de notificación y se efectúa de conformidad con las previsiones de los artículos 2°, 4°, 5°, 6° y 121 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96 y el Decreto N° 588/19;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.2.30.00.14, Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, a partir de la fecha de notificación, la designación en la Planta Temporaria, como Personal Transitorio Mensualizado, en los términos del artículo 121 de la Ley N° 10.430, de Hernán Christian REGGIO (DNI N° 23.250.245 - Clase 1973), con una remuneración equivalente a la Categoría 5 del Agrupamiento Personal Servicio, con la bonificación prevista en el artículo 3° inciso a) del Decreto N° 588/19, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor.
ARTÍCULO 2°. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N° 15.310 - Sector Público Provincial No Financiero - Administración Provincial - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 30 - Entidad 14: Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, la transferencia de un (1) cargo, incorporando la partida, el régimen estatutario y el agrupamiento ocupacional correspondientes, conforme se detalla en el Anexo I (IF-2022-38639061-GDEBADDDPPOPISU), que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 3°. Modificar, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2°, el Resumen del Número de Cargos – Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de Previsión Social - Planilla N° 26 del Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N° 15.310, conforme al siguiente detalle:
DISMINUCIÓN:
PLANTA TEMPORARIA
ORGANISMO PROVINCIAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA: Un (1) cargo.
AMPLIACIÓN:
PLANTA PERMANENTE
ORGANISMO PROVINCIAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA: Un (1) cargo.
ARTÍCULO 4°. Designar en la Jurisdicción 1.1.2.30.00.14, Organismo Provincial de Integración Social y Urbana, a partir de la fecha de notificación, en la Planta Permanente con Estabilidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 2°, 4°, 5° y 6° de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, a Hernán Christian REGGIO (DNI N° 23.250.245 - Clase 1973), en el Agrupamiento Personal Servicio, Categoría 5, Código 1-0015-XI-3 - “Chofer “D”, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, para desempeñar sus tareas en la Dirección General de Administración, otorgándole la bonificación prevista en el artículo 3° inciso a) del Decreto N° 588/19.
ARTÍCULO 5°. Determinar en la Jurisdicción 1.1.2.30.00.14, Organismo Provincial de Integración Social y Urbana que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente será atendido con cargo a la imputación que figura en el Anexo II (IF-2022-38639153-GDEBA-DDDPPOPISU), que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 6°. Establecer que la designación propuesta tiene carácter provisional hasta tanto el agente adquiera estabilidad, lo que se configura a los seis (6) meses de servicio efectivo, en concordancia con lo normado en el artículo 6° de la Ley N° 10.430 y modificatorias.
ARTÍCULO 7°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Hábitat y Desarrollo Urbano, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 8°. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Personal y a la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana. Notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Agustín Pablo Simone, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador
Los Anexos del presente Decreto pueden ser consultados en su versión PDF.