LEY 4786

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Suspéndese la aplicación de la Ley número 4646 hasta tanto se estructure el nuevo régimen de escalafón y sueldos del personal policial.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.