DECRETO 2232/2022

LA PLATA, 25 de Diciembre de 2022

VISTO el expediente EX-2022-30833086-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, por el cual se propicia aprobar una transferencia adicional de fondos en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social, a favor de la empresa Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA), y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1094/03 se declararon de interés público la construcción y la explotación de redes de distribución de gas domiciliario en aquellas localidades que carecen de suministro, y se encomendó al entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos a desregular los monopolios en los mercados de distribución de gas, tornando desafiables áreas que no atienden los concesionarios a cargo de la distribución, para asegurar una rápida y adecuada expansión de las redes y así obtener un mayor beneficio para los/as usuarios/as;

Que, conforme a lo expresado y en el marco de lo previsto por el artículo 4° de la Ley N° 24.076, mediante la Ley N° 13.358 se dispuso la constitución de Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA);

Que el objeto social de Buenos Aires Gas S.A. comprende la prestación del servicio público de distribución de gas natural por ductos y redes en sus diversas formas, tales como gas natural a baja, media o alta presión (GNP), gas natural comprimido (GNC) o gas natural licuado (GNL), como así también la distribución y la comercialización de gas licuado de petróleo (GIP) por redes y/o fraccionado, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros en el país;

Que el cumplimiento del objeto implica la realización de múltiples actividades complementarias y subsidiarias, tales como la prestación de servicios de mantenimiento de gasoductos, la asistencia técnica y la construcción de obras vinculadas a la distribución de gas natural;

Que, en virtud de ello, corresponde dotar de los recursos necesarios para que la empresa Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA) pueda cumplir con los cometidos de su creación;

Que, bajo esa premisa, el artículo 12° de la Ley de Presupuesto N° 15.310 aprobó para el Ejercicio 2022 las Cuentas de Ahorro-Inversión-Financiamiento de las Empresas y Sociedades Anónimas integradas total o mayoritariamente por bienes y/o aportes del Estado Provincial y Fondos Fiduciarios, de acuerdo con el detalle obrante en Planilla Anexa Nº 33 de dicha ley, previéndose un incremento de capital para Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA) de pesos setecientos cincuenta y dos millones seiscientos cincuenta y un mil quinientos ($752.651.500);

Que, en ese marco, mediante Decreto N° 384/22 se aprobó una transferencia de fondos en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social, a favor de la citada empresa distribuidora, por la suma de pesos setecientos cincuenta y dos millones seiscientos cincuenta y un mil quinientos ($752.651.500), para el funcionamiento y la operatoria de la mencionada sociedad durante el Ejercicio 2022;

Que, posteriormente, Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA) solicitó una transferencia adicional de fondos, en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social, argumentando que las estimaciones económicas y financieras oportunamente formuladas en el Presupuesto General del Ejercicio 2022 se basaron en supuestos y pautas macroeconómicas que en la práctica no reflejaron las circunstancias reales del contexto del presente año;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar una transferencia de fondos, conforme a lo solicitado por la empresa, a fin de procurar el mantenimiento de una posición financiera sólida que permita atender con celeridad cualquier urgencia y/o acontecimiento imprevisto relevante que pudiera presentarse en el marco de las tareas esenciales que desarrolla Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA), asegurando así la sustentabilidad de las actividades de la citada sociedad y preservando el equilibrio económico y el estado de situación patrimonial de la misma;

Que se han expedido favorablemente la Subsecretaría de Energía del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Subsecretaría de Hacienda, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.358 y por el artículo 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aprobar la transferencia de fondos en concepto de aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital social, a favor de Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA), por la suma de pesos trescientos dieciocho millones ($318.000.000), para el funcionamiento y la operatoria de la mencionada sociedad durante el Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 2°. Autorizar al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos a integrar el aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital, aprobado por el artículo 1° del presente, conforme a la imputación presupuestaria establecida en el artículo 3° y de acuerdo a los desembolsos mensuales que a continuación se detallan:

Mes

Importe de Cuota Aporte

OCTUBRE

$ 106.000.000

NOVIEMBRE

$ 106.000.000

DICIEMBRE

$ 106.000.000

TOTAL AMPLIACIÓN 2022

$ 318.000.000

 ARTÍCULO 3°. El gasto que menciona el artículo 1° será atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2022 – Ley N° 15.310, Jurisdicción 1.1.1.14.00.000: Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos - Unidad Ejecutora 137 - Programa 4, Actividad 3: Distribución de gas - Finalidad 4 - Función 1 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1- Inciso 6 - Principal 1 - Parcial 2 - Subparcial 3: Aportes a Buenos Aires Gas S.A. - UG 999.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Leonardo Javier Nardini, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador