LEY 6089

 

Expropiación del “Parque de las Empresas Eléctricas de Bahía Blanca”, S.A.; en Villa Rosas.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, la fracción de tierra denominada “Parque de las Empresas Eléc­tricas de Bahía Blanca S.A.”, ubicada en Villa Rosas, Partido de Bahía Blanca, compuesta de cincuenta mil seiscientos sesenta y siete metros cuadrados (50.667 m2), delimitada por las calles Tierra del Fuego, Emilio Rosas y Nueva Provincia; Ecuador, Venezuela y Tarapacá, con destino a la formación de plaza y parque público.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo para iniciar los trámites de expropiación, con arreglo a las disposiciones de la Ley Nº 5708.

 

ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo convendrá con la Municipalidad de Bahía Blanca, la forma que ésta administrará y proveerá a la con­servación y mantenimiento del inmueble expropiado.

 

ARTÍCULO 4.- El gasto que demande la presente Ley, que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales.

 

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.