FUNDAMENTOS DE LA LEY 15109
Se propone mediante el presente una modificación legislativa que extienda el horario de venta y expendio de alcohol a adultos durante la temporada estival.
La restricción horaria vigente afecta sustancialmente la industria turística de la provincia de Buenos Aires, especialmente en las ciudades balnearias, en donde el buen clima y un anochecer más tardío hacen que los visitantes regresen de jornadas en la playa o al aire libre después de las 21 horas, por lo cual las cenas o salidas nocturnas se realizan casi siempre dentro del horario de prohibición de venta. Todo ello lleva a que en la mayoría de los casos se adquieran bebidas alcohólicas anticipadamente y en exceso, "por las dudas", de manera tal que la venta y el consumo de alcohol se han incrementado en lugar de reducirse, contrariando directamente los objetivos de la ley.
Adicionalmente, la prohibición en cuestión impulsa la compra de bebidas alcohólicas a establecimientos ilegales o sin autorización o mediante delivery telefónico o digital a personas que no cumplen con la normativa vigente, lo que constituye una ostensible competencia desleal para con los comerciantes que con mucho esfuerzo operan dentro de la ley. Ello sin perjuicio del obvio foco de corrupción que la situación implica.
No puede dejar de señalarse en este marco el floreciente crecimiento de la industria de la cerveza artesanal, que emergiera con mucha posterioridad a la sanción de la ley, que por sus características requiere de numerosos puntos de recarga de botellones cerveceros, los cuales se ven sensiblemente afectados por la restricción horaria.
Por los argumentos expuestos solicito a la Honorable Cámara acompañe el presente proyecto.