Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución N° 70
VISTO que por expediente N° 22700-18.644/12, su Alcance 1 y Agregado N° 22700-21.631/12, se propicia la modificación, en su parte pertinente, de la estructura organizativa de esta Agencia de Recaudación, y
CONSIDERANDO:
Que mediante
Que habiéndose realizado un diagnóstico pormenorizado de la misma, las Subdirecciones Ejecutivas de Recaudación y Catastro, de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, y de Planificación y Coordinación propician la incorporación de una dependencia, con rango de Departamento, que se aboque al análisis de la información proveniente de los Agentes de Información, en el marco del artículo 166 del Código Fiscal (TO 2011);
Que tal artículo reza
Los organismos y entes estatales y
privados, incluidos bancos, bolsas y mercados, tienen la obligación de
suministrar a
Que dicha medida tiene por objeto el enriquecimiento de las bases de datos administradas por esta Agencia de Recaudación a efectos de brindar información válida, en tiempo y forma, que permita la toma eficiente de decisiones por parte de las autoridades pertinentes;
Que asimismo,
Que la referida Subdirección Ejecutiva, impulsa también la supresión del Departamento de Metodología, Operaciones y Determinación Valuatoria que fuera aprobado por RN N° 29/11, requiriendo la aprobación de dos dependencias que asuman las competencias a él asignadas, con el objeto de imprimir mayor operatividad a la gestión de la mentada temática;
Que por otra parte y a efectos de fortalecer las acciones
de fiscalización impulsando medidas que redunden en una mayor eficiencia en la
detección de la evasión y, en consecuencia, en el incremento de los recursos fiscales,
a través de
Fiscalizaciones Masivas, se propicia incorporar dos unidades organizativas que se dediquen a la generación e interpretación de imágenes satelitales;
Que para la creación de los cargos aludidos ut supra, se afectan los cargos
vacantes previstos en
Que
Que en otro orden de ideas, las Subdirecciones Ejecutivas de Recaudación y Catastro; y de Fiscalización y Servicios al Contribuyente; juntamente con las Gerencias Generales de Auditoría y Responsabilidad Profesional; de Administración; y de Coordinación Legal y Administrativa solicitan la modificación de las acciones asignadas mediante Resolución Normativa N° 75/09, N° 29/11 y N° 52/11, a las distintas dependencias que las integran, a efectos de adecuar las mismas a los objetivos y necesidades de la organización;
Que en razón de lo expuesto, resulta oportuno y conveniente, en esta instancia, el dictado del acto administrativo pertinente que materialice lo actuado;
Que han tomado intervención y expedido sobre el particular
Que la presente Resolución se dicta en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 4° inciso e) de
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Modificar, en lo pertinente y de acuerdo a lo
establecido en la presente Resolución, la estructura organizativa de
ARTÍCULO 2°. Suprimir, en el ámbito de
ARTÍCULO 3°. Aprobar e incorporar, las unidades organizativas que a continuación se consignan, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1a, 1b, 1c, 2a y 2b, respectivamente, forman parte integrante del presente acto administrativo:
-
- el Departamento Tecnología Geoespacial,
dependiente de
- el Departamento Agentes de Información, con dependencia
de
- el Departamento Demandas de Repetición, con dependencia
de
- el Departamento Metodología Valuatoria,
con dependencia de
- el Departamento Estudio Valuatorio,
con dependencia de
ARTÍCULO 4°. Determinar, de acuerdo a lo establecido en el
artículo precedente, UN (1) cargo de Subgerente de Fiscalización Satelital, con
rango y remuneración equiparado a Subdirector, UN (1) cargo de Jefe de
Departamento Tecnología Geoespacial, UN (1) cargo de
Jefe de Departamento Agentes de Información; UN (1) cargo de Jefe de Departamento
Demandas de Repetición; UN (1) cargo de Jefe de Departamento Metodología Valuatoria; y UN (1) cargo de Jefe de Departamento Estudio Valuatorio, todos ellos conforme a los cargos vigentes que
rigen en
ARTÍCULO 5°. Modificar, en su parte pertinente, el Anexo
2b y 2c de
ARTÍCULO 6°. Limitar las designaciones del personal que no se correspondan con las disposiciones del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 7°. Dejar establecido que dentro del Plazo de
noventa (90) días hábiles a partir de la presente, los titulares de
ARTÍCULO 8°. El gasto que demande la presente será
atendido con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2012 Ley N° 14.331 Sector Público Provincial no Financiero
Administración Provincial Organismos Descentralizados Jurisdicción 08
Entidad 21: Agencia de Recaudación de
PRG001: Agencia de Recaudación de
Finalidad 1 Función 5 Fuente de Financiamiento 1.3
Partida Principal 1 Partida Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01
Agrupamiento Ocupacional 06: JERÁRQUICO
Subprograma 002 Fiscalización y Servicios al Contribuyente
Finalidad 1 Función 5 Fuente de Financiamiento 1.3
Partida Principal 1 Partida Subprincipal 1 Régimen Estatutario 01
Agrupamiento Ocupacional 06: JERÁRQUICO
ARTÍCULO 9°. Registrar, comunicar a
Martín Di Bella
Director Ejecutivo
(*) Aprobado por Resolución Normativa N° 29/11
(*) Aprobado por Resolución Normativa N° 29/11
ANEXO 1c
(*) Aprobado por Resolución Normativa N° 29/11
SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE FISCALIZACIÓN Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIONES MASIVAS
GERENCIA DE DETECCIÓN TERRITORIAL SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN SATELITAL
ACCIONES
1. Implementar las acciones vinculadas con la generación e interpretación de imágenes satelitales con el objeto de detectar posibles situaciones que puedan derivar en casos de evasión impositiva.
2. Definir, juntamente con
3. Organizar y mantener actualizado un registro de las imágenes y mapas obtenidos que resulten de interés a los objetivos de la jurisdicción.
4. Coordinar acciones con los Departamentos de Tecnología de Imágenes, y de Tecnología Geoespacial.
5. Proponer, a través de las áreas con competencia e injerencia en la materia, la realización de acciones de capacitación vinculadas con la materia abordada.
SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN SATELITAL
DEPARTAMENTO TECNOLOGÍA GEOESPACIAL
ACCIONES
1. Procesar, administrar y publicar información geoespacial vinculada a procesos de fiscalización satelital.
2. Generar mapas y notificaciones de datos provenientes al Departamento Tecnología de Imágenes.
3. Elaborar mapas de seguimiento y resultados de acciones de Fiscalización.
4. Generar mapas geoestadísticos para las diferentes áreas y dependencias que integran esta Agencia de Recaudación.
5. Integrar, evaluar y aprobar información externa
referida a la temática abordada, de acuerdo a los lineamientos, pautas y
criterios establecidos por
SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE RECAUDACIÓN Y CATASTRO
GERENCIA GENERAL DE RECAUDACIÓN
GERENCIA DE IMPUESTOS Y CONTRIBUYENTES
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
ACCIONES
1. Propender a la obtención de información a los efectos de mejorar y enriquecer los distintos padrones de contribuyentes como así también para identificar evasión tributaria.
2. Elaborar informes sobre resultados de control, proponiendo acciones correctivas y controles sobre las irregularidades detectadas.
3. Diseñar y elevar a
4. Proponer y ejecutar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.
5. Proponer mejoras y modificaciones a los sistemas de Control de Agentes de Información.
6. Evaluar la creación, modificación o eliminación de regímenes de información.
7. Mantener contacto permanente con
8. Definir metas para el personal a su cargo y efectuar la supervisión de las mismas mediante indicadores que permitan el seguimiento y mejora de la gestión.
9. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros fiscos, organismos y/o dependencias, referidas a los agentes de información involucrados.
10. Asistir en forma permanente a
SUBGERENCIA DE IMPUESTOS AUTODECLARADOS
DEPARTAMENTO DEMANDAS DE REPETICIÓN
ACCIONES
1. Substanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de resolución con relación al impuesto sobre los ingresos brutos y las relativas a agentes de información.
2. Aplicar las normas y procedimientos en cumplimiento de
las pautas establecidas por
3. Elevar a
4. Proponer y ejecutar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su competencia, en forma previa a su implementación.
5. Ejecutar los programas e impulsar las acciones que aseguren un ágil tratamiento de las demandas de repetición promovidas por los contribuyentes.
GERENCIA GENERAL DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL
GERENCIA DE GESTIÓN E INFORMACIÓN TERRITORIAL MULTIFINALITARIA
DEPARTAMENTO METODOLOGÍA VALUATORIA
ACCIONES
1. Determinar y registrar el valor tierra libre de mejoras de los inmuebles ubicados en la planta urbana y rural.
2. Determinar y registrar el valor tierra libre de mejoras de los emprendimientos urbanísticos especiales.
3. Resolver las actuaciones iniciadas por reclamos referidos al valor tierra libre de mejoras.
4. Elaborar información documental valuatoria.
5. Compilar y analizar la información necesaria que permita identificar áreas afectadas por desastres que puedan ser objeto de un tratamiento impositivo especial.
6. Analizar y propiciar cambios de clasificación catastral.
DEPARTAMENTO ESTUDIO VALUATORIO
ACCIONES
1. Efectuar la tasación de inmuebles a requerimiento de Organismos Públicos nacionales, provinciales y Municipales.
2. Practicar las consultas a las inmobiliarias respecto de los valores de comercialización, venta o alquiler de los inmuebles a tasar.
3. Colectar, analizar y sistematizar datos económicos con fines catastrales.
4. Investigar y analizar la evolución de nuevos materiales de la construcción y su impacto en los prototipos constructivos vigentes.
5. Analizar y desarrollar estudios comparativos para la implementación de distintas metodologías valuatorias.
6. Generar una base de datos de valores de mercado de bienes inmuebles.
ANEXO 3
ADECUACIÓN DEL ANEXO 2b y 2c DE
ANEXO 2b DE
Incorporar en las unidades organizativas que a continuación se consignan, las acciones que en cada caso indican, en adición a las aprobadas oportunamente por RN N° 75/09:
SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN
GERENCIA GENERAL DE PLANIFICACIÓN
14. Definir los lineamientos estratégicos de los Regímenes de Información. GERENCIA DE INTELIGENCIA
9. Definir, juntamente con
ANEXO 2c DE
Modificar, en el ámbito de
1. Investigar, a requerimiento de
2. Recibir las denuncias vinculadas con la actividad
específica del personal de cada una de las dependencias de
3. Recibir las declaraciones juradas patrimoniales y
verificar el cumplimiento de su presentación, informando a
4. Analizar y proponer medidas tendientes a mejorar los
métodos, procedimientos o sistemas de detección de irregularidades y/o ilícitos
y proyectar informes que contribuyan a la definición de estrategias destinadas
a impedir la violación de los principios éticos y la corrupción dentro del
ámbito de
5. Colaborar en las diligencias o medidas que se dispongan
en el marco de procedimientos disciplinarios, a requerimiento de
6. Informar a
7. Registrar en las bases internas y/o externas utilizadas
por
Responsabilidad Profesional los datos emergentes de las investigaciones iniciadas.
8. Brindar el apoyo técnico necesario a las áreas de
Modificar, en el ámbito de
1. Redactar y elevar a
2. Redactar y elevar a
3. Dar respuesta a las solicitudes de información efectuadas por dependencias administrativas o judiciales libradas en el marco de investigaciones penales, procesos contenciosos administrativos relacionados con procedimientos disciplinarios y todos aquellos requerimientos referidos a materia disciplinaria o penal.
4. Efectuar el registro y seguimiento de las causas
penales iniciadas por
5. Comunicar a Fiscalía de Estado de
6. Asistir a
7. Colaborar en las diligencias o medidas que se dispongan
en el marco de los procedimientos disciplinarios, a requerimiento de
8. Registrar en las bases internas y/o externas utilizadas
por
Suprimir, en el ámbito de
Incorporar, en el ámbito de
12. Organizar y mantener actualizado el sistema de
administración de expedientes, juntamente con las áreas y dependencias de
ANEXO 2b DE
Modificar las Acciones de
1. Asistir y asesorar al Director Ejecutivo en materia catastral y de desarrollo territorial.
2. Impulsar la implementación de acciones y programas tendientes a desarrollar un ordenamiento territorial integrado total y uniforme, a través de la utilización de métodos de delimitación territorial, basados en el intercambio de servicios de información.
3. Garantizar la correcta atención, asesoramiento y asistencia respecto de las consultas y trámites efectuados en materia catastral.
4. Asistir y asesorar al Director Ejecutivo en la planificación de las acciones tendientes a alcanzar las metas de recaudación vinculadas con la percepción de las tasas y de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Transmisión Gratuita de Bienes, Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones Deportivas o de Recreación y otros que se creen en el futuro.
5. Intervenir en la resolución de demandas de repetición con relación a las tasas y a los impuestos sobre los ingresos brutos, de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, y cuando la acción verse sobre obligaciones en carácter de agente de recaudación, conforme la delegación de facultades otorgadas.
6. Intervenir en la resolución de las solicitudes de exclusión a los regímenes de retención y/o percepción, y de reducción o atenuación de alícuotas, conforme la delegación de facultades otorgadas.
7. Desarrollar los medios y las herramientas adecuadas para agilizar y simplificar los trámites vinculados a las obligaciones de los contribuyentes y responsables.
8. Promover las normas y procedimientos de emisión, cobro,
conciliación, rendición e imputación tanto de aplicación interna, como así
también las que deberán observar el Banco de
9. Impulsar la ejecución de acciones individualizadas y
masivas de cobranzas a contribuyentes y responsables de los impuestos
provinciales, coordinando las mismas con otras áreas de
10. Verificar la realización de actividades de cobranza de deuda en mora en función de la significatividad de la misma.
11. Asegurar la oportuna emisión de liquidaciones de deuda y títulos ejecutivos e instar su cobro a través Fiscalía de Estado, en el marco del apremio, procesos universales y demás procesos judiciales, y su seguimiento.
12. Requerir el auxilio de la fuerza pública y otras medidas que considere necesarias para el cumplimiento de sus funciones, conforme las disposiciones legales vigentes.
13. Intervenir en la autorización de desistimiento y/o archivo, total o parcial, de juicios de apremio y de procesos universales; como asimismo en la comunicación y registro de cancelaciones.
14. Intervenir en la solicitud de traba y levantamiento de medidas cautelares de conformidad a lo previsto en los artículos 13, 14 y 15 del Código Fiscal (TO 2011), modificatorios y concordantes.
15. Brindar servicios a otros organismos públicos conforme los convenios y/o acuerdos que se celebren.
16. Dictar actos administrativos en el ámbito de su competencia.
17. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.
Modificar, en el ámbito de
1. Implementar las acciones necesarias, tendientes a alcanzar las metas de recaudación vinculadas con la temática del desarrollo territorial y los servicios de información vigentes.
2. Aprobar y definir planes, programas, normas, sistemas y procedimientos necesarios para contribuir a la percepción de los tributos vinculados al área de su competencia.
3. Aprobar y definir planes, programas, normas, sistemas y
procedimientos, bajo estándares de calidad, conducentes al mejoramiento,
eficiencia y ampliación de los servicios prestados al contribuyente y que se
relacionen con la temática inherente al desarrollo territorial, ello bajo la
aplicación de
4. Planificar e implementar acciones y programas tendientes a desarrollar un ordenamiento territorial integrado, total y uniforme, a través de la utilización de métodos alternativos de delimitación territorial y basados en el intercambio de servicios de información.
5. Coordinar y supervisar a sus áreas dependientes en la ejecución y concreción de los planes y objetivos establecidos para el desarrollo de servicios de información y facilitar el cumplimiento voluntario en materia de regularización catastral y territorial, mediante normas de control interno y rutinas de seguimiento de tareas que aseguren su ejecución. 6. Resolver las condonaciones y exenciones en el impuesto inmobiliario de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales establecidos en el Código Fiscal y Leyes Especiales, así como su modificación y revocación.
7. Aprobar, coordinar y supervisar la definición y gestión de los estándares de calidad de servicios y las pautas de comunicación entre las áreas dependientes de esta gerencia general.
8. Intervenir en las cuestiones técnico-administrativas, vinculadas al ámbito de su competencia, desde la recepción de trámites hasta su resolución.
9. Procurar, conforme los estándares de calidad pautados, la correcta atención, asesoramiento y asistencia al solicitante, respecto de la interpretación y/o aplicación de la normativa vigente, y en general de la resolución de las consultas y/o trámites efectuadas por los solicitantes vinculadas al ámbito de su competencia.
10. Coordinar con las áreas dependientes de
11. Intervenir en la tramitación y resolución de los procedimientos de temática catastral y de desarrollo territorial y asimismo en las solicitudes presentadas por Organismos Gubernamentales y/o No Gubernamentales y de todas aquellas acciones y procesos que hagan al intercambio de información.
12. Promover en conjunto con las áreas correspondientes la implementación de los programas destinados a optimizar y modernizar los servicios al contribuyente y la recaudación de los gravámenes.
13. Evaluar la incidencia de los programas, planes y sistemas en materia de desarrollo territorial y servicios de información al contribuyente, en la satisfacción de los objetivos del Organismo para promover el cumplimiento voluntario de sus obligaciones.
14. Elevar a
15. Intervenir en la definición de los sistemas para la integración y actualización de los datos vinculados al desarrollo territorial y de servicios de información.
16. Asistir en forma permanente a
17. Administrar y coordinar la información disponible para los particulares, Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales por medio de servicios digitales.
18. Promover acciones y programas con Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales vinculados a la temática general del desarrollo territorial y los servicios de información territorial.
19. Proponer y promover la celebración de convenios de colaboración e intercambio de información con Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, en temas correspondientes al área de su competencia.
20. Centralizar el ingreso y egreso de toda la documentación correspondiente a la temática de su competencia.
21. Publicitar y capacitar en conjunto con las áreas correspondientes la implementación de los programas, planes y sistemas destinados a optimizar y modernizar los servicios de esta Gerencia General.
22. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos, tendiente a la evaluación del desempeño del área y a la mejora continua.
23. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.
Modificar, en el ámbito de
1. Proponer, generar y ejecutar las medidas tendientes a
la mejor prestación de servicios a Organismos Gubernamentales y No
Gubernamentales, asistiendo a
2. Definir, en orden a lo establecido en la acción
anterior, el plan de trabajo en cada caso, analizando y eventualmente dando
traslado de temas ajenos a
3. Generar, implementar, nutrir y actualizar el Sistema de
Información Multitemática, trabajando, en
articulación con
4. Analizar, evaluar y definir los sistemas de gestión de información.
5. Coordinar, analizar y evaluar, en vinculación con el
Departamento de Planificación y Control de Gestión de Información Territorial
de
6. Asegurar el cumplimiento de las metas conforme la planificación establecida.
7. Relevar y actualizar la información del territorio, evaluando los resultados generales de las acciones, programas y procesos vinculados a los servicios de información y de desarrollo territorial.
8. Asegurar la correcta determinación de la valuación fiscal de los inmuebles, base para la imposición de los tributos.
9. Evaluar y proponer alternativas sobre metodologías valuatorias.
10. Coordinar las acciones en ocasión de ejecutarse un revalúo general inmobiliario.
11. Actualizar la información multitemática para mejorar los servicios, mediante el intercambio de información con Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.
12. Analizar, evaluar e intervenir en la resolución sobre las solicitudes traídas a conocimiento directamente por los Organismos Gubernamentales y Organismos No
Gubernamentales e indirectamente con la intervención que
determine
14. Resolver las condonaciones y exenciones en el impuesto inmobiliario de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales establecidos en el Código Fiscal y Leyes Especiales, así como su modificación y revocación.
15. Coordinar la implementación de los estándares con el
Departamento de Planificación y Control de Información Territorial de
16. Explorar alianzas estratégicas con la finalidad de
aportar información relevante para
17. Centralizar el ingreso y egreso de toda la documentación correspondiente a la temática de su competencia.
18. Elaborar proyectos de normativas catastrales y proponer la modificación de las vigentes.
19. Promover en conjunto con las áreas correspondientes la implementación de los programas, planes y sistemas destinados a optimizar y modernizar los servicios de esta
Gerencia.
20. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.
Modificar, en el ámbito de
1. Recopilar y procesar información recibida de distintas
áreas de
2. Planificar, proponer y elaborar padrones de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales, y procurar su actualización y mantenimiento.
3. Elaborar proyectos de actos administrativos vinculados a la condonación y exención en el impuesto inmobiliario de Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales establecidos en el Código Fiscal y leyes Especiales, así como su modificación y revocación.
4. Evacuar consultas y elaborar dictámenes e informes sobre las cuestiones traídas a consideración por los Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.
5. Elevar a consideración de
6. Promover la inspección de inmuebles a fin de verificar la posesión a cargo de Organismos Gubernamentales y/o No Gubernamentales, y analizar la consecuente exención en el Impuesto Inmobiliario sobre los mismos.
7. Planificar, proponer y ejecutar con el acuerdo de
8. Implementar una metodología de trabajo orientada a corregir las inconsistencias en la información que contienen las Bases de datos a fin de facilitar las exenciones automáticas de objetos territoriales asociados a Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.
9. Recibir, controlar y transferir a las áreas correspondientes las consultas de tipo técnico y todo otro requerimiento que se efectúe en relación a los Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.
Modificar, en el ámbito de
Elaborar proyectos de normativas catastrales y proponer la modificación de las vigentes
Modificar, en el ámbito de
Elaborar proyectos de normativas catastrales y proponer la modificación de las vigentes
Modificar, en el ámbito de
1. Definir, aprobar e implementar planes, programas, normas, sistemas y procedimientos de recaudación necesarios para la percepción de los tributos.
2. Implementar las acciones necesarias para alcanzar las
metas de recaudación vinculadas con las tasas y los impuestos sobre los
Ingresos Brutos, Sellos, a
3. Resolver en la tramitación y resolución de los procedimientos de demanda de repetición, exclusiones, reducción o atenuación de alícuotas y devoluciones, según las atribuciones que se le deleguen.
4. Proponer y promover, juntamente con las áreas con competencia e injerencia en la materia, la celebración de convenios de colaboración e intercambio de información con otros organismos en temas de recaudación. Intervenir como enlace operativo en la ejecución de los mismos y participar en las reuniones que se celebren.
5. Promover, juntamente con las áreas correspondientes, la implementación de los programas destinados a optimizar y modernizar los servicios al contribuyente y la recaudación de los gravámenes.
6. Definir los sistemas para la integración y actualización de los datos referidos a los contribuyentes y agentes de recaudación.
7. Definir las pautas para la administración de los contribuyentes mediante el uso de cuentas corrientes tributarias.
8. Participar en el diseño de los sistemas de recaudación.
9. Promover el control efectivo sobre los agentes de recaudación y de información.
10. Elevar a la superioridad propuestas y modificaciones en la normativa tributaria vinculadas al área de su competencia.
11. Coordinar, supervisar y analizar reportes estadísticos e información de gestión respecto de sus procesos, tendiente a la evaluación del desempeño del área y a la mejora continua.
12. Definir metas, coordinar y supervisar la actuación de
las áreas a su cargo. Modificar, en el ámbito de
1. Diseñar planes, programas y normas de recaudación que deberán ejecutar las áreas a su cargo, y proponer los sistemas y procedimientos necesarios para la eficiente administración de las tasas y los tributos y el logro de las metas establecidas para los impuestos sobre los ingresos brutos, sellos, a la transmisión gratuita de bienes, inmobiliario, automotor y a las embarcaciones deportivas y otros que se creen en el futuro.
2. Diseñar las normas y procedimientos para el otorgamiento de exenciones y para la acreditación o compensación de importes abonados indebidamente o en exceso, referidos a las tasas y a los impuestos sobre los ingresos brutos, sellos, a la transmisión gratuita de bienes, inmobiliario, automotor y a las embarcaciones deportivas y otros que se creen en el futuro.
3. Intervenir según sus atribuciones en la tramitación y resolución de los procedimientos de devolución de las tasas y los tributos respecto de los impuestos de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, sobre los ingresos brutos y los relativos a los regímenes de información.
4. Definir procedimientos de actualización de datos de contribuyentes de los impuestos sobre los ingresos brutos, sellos, a la transmisión gratuita de bienes, inmobiliario, automotor y a las embarcaciones deportivas y otros que se creen en el futuro, con la finalidad de mantener actualizados los respectivos padrones.
5. Coordinar la definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.
6. Establecer las normas y procedimientos de cobro,
conciliación, rendición e imputación tanto de aplicación interna, como así
también las que deberán observar el Banco de
7. Elevar a la superioridad la propuesta de calendario fiscal anual de los impuestos predeterminados y sobre los ingresos brutos sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación.
8. Administrar a los contribuyentes mediante el uso de cuentas corrientes tributarias, coordinando su implementación y mantenimiento con el área de sistemas.
9. Coordinar con las diferentes áreas usuarias de las cuentas corrientes tributarias a efectos de receptar sus necesidades y analizar la implementación de las mismas.
10. Elevar a
11. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referida a los contribuyentes involucrados en los tributos en el área de su competencia.
12. Intervenir en las relaciones con las Entidades Financieras habilitadas y a habilitarse para el cobro de los tributos provinciales.
13. Diseñar programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.
14. Definir metas, coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.
15. Definir lineamientos para la administración de la información recibida de los Agentes de Información.
Modificar, en el ámbito de
1. Proponer, coordinar y supervisar las pautas para el desarrollo de normas y procedimientos para la devolución de impuestos.
2. Intervenir según sus atribuciones en las demandas de repetición, elaborando el proyecto de resolución con relación a las tasas y los impuestos de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, sobre los ingresos brutos y los relativos a los regímenes de información.
3. Elevar a la gerencia propuestas y modificaciones a la normativa tributaria vinculadas al área de su competencia.
4. Actuar de enlace con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los contribuyentes involucrados en los tributos en el área de su competencia.
5. Diseñar programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.
6. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo para el cumplimiento de las metas preestablecidas.
Modificar, en el ámbito de
1. Ejecutar, en el marco de la legislación vigente y
pautas definidas por
2. Colaborar con la subgerencia en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los contribuyentes y/o actos en los que se verifique la existencia del hecho imponible para la aplicación del impuesto de sellos y a la transmisión gratuita de bienes.
3. Elevar a
4. Substanciar las demandas de repetición de las tasas y los impuestos de su competencia, elaborando el proyecto de resolución respectivo.
5. Ejecutar los programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.
6. Efectuar el control de la actuación de los escribanos en su función de agentes de recaudación, informando a la superioridad.
7. Efectuar el visado de los actos judiciales declarativos de dominio de bienes inmuebles.
Modificar, en el ámbito de
Substanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de resolución con relación a los impuestos de sellos, a la transmisión gratuita de bienes, sobre los ingresos brutos y los relativos a los regímenes de información
Incorporar, en el ámbito de
13. Proponer pautas para el desarrollo de sistemas de administración relativos a los Agentes de Información.
Modificar, en el ámbito de
1. Diseñar y desarrollar, en el marco de la legislación
vigente y pautas definidas por
2. Proponer y ejecutar las pautas de definición de los sistemas y aplicativos vinculados al ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.
3. Proponer y diseñar las pautas para el desarrollo de las normas y procedimientos para el otorgamiento de exenciones referidos al impuesto sobre los ingresos brutos.
4. Diseñar y desarrollar los procedimientos simples y confiables definidos por la superioridad que garanticen un permanente estado de actualización del padrón de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.
5. Proponer, diseñar y ejecutar las normas y procedimientos que posibiliten la debida administración de los contribuyentes mediante el uso de la cuenta corriente tributaria.
6. Definir y ejecutar pautas de implementación para el desarrollo de normas y procedimientos que recepten las necesidades de las diferentes áreas usuarias de la cuenta corriente.
7. Diseñar y elevar a la subgerencia la propuesta de calendario fiscal anual del impuesto sobre los ingresos brutos sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación
8. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción del impuesto.
9. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referida a los contribuyentes involucrados.
10. Diseñar, implementar y mantener un sistema administrativo de seguimiento y resolución de reclamos que presenten los contribuyentes.
Modificar, en el ámbito de
Subgerencia de Administración de
Diseñar y desarrollar, en el marco de la legislación
vigente y pautas definidas por
Modificar, en el ámbito de
1. Diseñar planes, programas y normas de recaudación que
deberán ejecutar las áreas a su cargo, y proponer los sistemas y procedimientos
necesarios para la eficiente administración de los agentes de recaudación del
impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, excepto los escribanos, las
entidades registradoras, el régimen especial de ingresos y los registros
seccionales dependientes de
2. Definir las aplicaciones internas necesarias para mantener actualizada la información referida a los agentes de recaudación en el ámbito de su incumbencia.
3. Diseñar las normas y procedimientos para la devolución de retenciones indebidas y solicitudes de exclusión.
4. Tramitar y resolver devoluciones, exclusiones y demandas, según las atribuciones delegadas.
5. Participar en la definición de las características de los sistemas y aplicativos vinculados a la recaudación en el ámbito de su incumbencia, en forma previa a su implementación.
6. Supervisar la administración de los sistemas de recaudación, incluyendo la administración de padrones de retención, percepción y devoluciones.
7. Controlar el cumplimiento de la normativa por parte de los agentes de recaudación de los impuestos a cargo de su administración.
8. Elevar a la superioridad la propuesta de calendario fiscal anual de agentes de recaudación sobre la base de las metas preestablecidas de recaudación.
9. Elevar a
10. Intervenir en los procesos de intercambio de información con otros Fiscos, Organismos y/o Dependencias, referidas a los agentes de recaudación involucrados en los tributos en el área de su competencia.
11. Intervenir en las relaciones con las entidades financieras habilitadas y a habilitarse para el cobro de los tributos provinciales.
12. Diseñar programas y promover acciones que aseguren un ágil tratamiento de los trámites a cargo de contribuyentes.
13. Definir metas, coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo.
Modificar, en el ámbito de
1. Proponer a la superioridad pautas, normas, sistemas y procedimientos para lograr eficiencia y eficacia en la administración de los sistemas de recaudación.
2. Coordinar la preparación mensual de los padrones de retenciones, percepciones y devoluciones.
3. Coordinar el control de los agentes de recaudación de los tributos vigentes y a crearse.
4. Sustanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de acto administrativo, cuando la acción verse sobre obligaciones en carácter de agente de recaudación.
5. Intervenir en la tramitación de los procedimientos de exclusiones, reducción o atenuación de alícuotas, y propiciar a la instancia superior las solicitudes de devoluciones.
6. Participar en coordinación con las áreas de
7. Coordinar, implementar y mantener un sistema administrativo de atención, seguimiento y resolución de reclamos que presenten los contribuyentes como consecuencia de la actuación de los agentes de recaudación.
8. Proponer y promover, en coordinación con las áreas de
9. Coordinar y supervisar la actuación de las áreas a su cargo para el cumplimiento de las metas preestablecidas.
Modificar, en el ámbito de
1. Asistir en la atención de consultas y reclamos de los contribuyentes y agentes, relativos a los regímenes de recaudación.
2. Sustanciar las demandas de repetición, elaborando el proyecto de acto administrativo, cuando la acción verse sobre obligaciones en carácter de agente de recaudación.
3. Analizar las solicitudes de exclusión, reducción o atenuación de alícuotas, y resolver en función de las atribuciones delegadas.
4. Atender las solicitudes de devoluciones de retenciones bancarias indebidas y resolver en función de las atribuciones delegadas.
5. Proponer mejoras y correcciones respecto de los regímenes de recaudación y procesos de control de agentes.
6. Efectuar, en el ámbito territorial de su competencia, las notificaciones que correspondan a los actos diligenciados por la subgerencia.
Modificar, en el ámbito de
1. Atender las consultas y reclamos de los usuarios referentes al uso de las aplicaciones implementadas.
2. Analizar las solicitudes de exclusión, reducción o atenuación de alícuotas, y resolver en función de las atribuciones delegadas.
3. Asistir a la superioridad en el diseño e implementación de los sistemas de recaudación. 4. Proponer mejoras y correcciones a los sistemas implementados o en desarrollo.
5. Asistir a la superioridad en las tareas que le sean requeridas sujeto a las facultades delegadas.
6. Elevar a la subgerencia proyectos de modificación a la legislación tributaria, que considere oportuno para una adecuada percepción de la recaudación.
ANEXO 1 DE
Modificar, en el ámbito de
Impulsar, a solicitud del área de control competente, la iniciación de procedimientos sumarios a agentes de recaudación, agentes de información y contribuyentes, fijando pautas para su consecución
Modificar, en el ámbito de
Iniciar, a solicitud del área de control competente, procedimientos sumarios a agentes de recaudación, agentes de información y contribuyentes, derivarlos a las relatorías para su sustanciación, y en su caso, intervenir en la resolución
Modificar, en el ámbito de
Iniciar, a solicitud del área de control competente, procedimientos sumarios a agentes de recaudación, agentes de información y contribuyentes, derivarlos a las relatorías para su sustanciación, e intervenir en la resolución
Incorporar, en el ámbito de
18. Efectuar las acciones masivas de fiscalización,
verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los
tributos provinciales conforme la planificación definida. Incorporar, en el
ámbito de
10. Efectuar las acciones masivas de fiscalización, verificación, control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales conforme la planificación definida.
Modificar, en el ámbito de
Efectuar acciones masivas de fiscalización, verificación,
control y notificación de contribuyentes y/o responsables de los tributos
provinciales impulsadas o coordinadas por
Modificar, en el ámbito de
Recibir y registrar en los sistemas respectivos, la documentación presentada por los contribuyentes, agentes de recaudación y agentes de información
Incorporar, en el ámbito de
6. Ejercer la función de Juez Administrativo y demás facultades que las leyes, reglamentos y otras disposiciones le encomienden, a fin de controlar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales, instruir sumarios, imponer multas por infracción a los deberes formales y sustanciales.
C.C. 1.457