DEPARTAMENTO DE ECONOMIA
DECRETO 58
La Plata, 29 de enero de 2003.
VISTO: Lo dispuesto por el Decreto 245/02, prorrogado por su similar 1.826/02, que declara la intervención del Instituto Provincial de Lotería y Casinos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el referido acto se dispuso intervenir el mencionado
organismo con la finalidad de proceder a su reorganización y redimensionamiento
conforme a pautas de austeridad y eficiencia impuestas al sector público.
Que a la fecha persisten los motivos que originaron el dictado del mencionado
decreto y su correspondiente prórroga, atento lo cual resulta necesario, para
la concreción de las acciones en curso, disponer la extensión de la medida en
cuestión.
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la facultad del suscripto para el dictado del presente surge del Art. 144
-proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1º - Prorrógase por el término de ciento ochenta (180) días, a
partir de su vencimiento, la intervención del Instituto Provincial de Lotería y
Casinos, dispuesta por el Art. 1º Decreto 245/02, prorrogada por su similar
1.826/02.
Art. 2º - Confírmase la designación del interventor del Instituto Provincial de
Lotería y Casinos, Contador Ricardo Angel Bozzani (D.N.I. 13.299.550 - Clase
1957) con las mismas facultades que el Presidente del organismo.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro en el
Departamento de Economía.
SOLA
G. A. Otero