DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA
DECRETO 832

La Plata, 27 de mayo de 2009.

VISTO el expediente N° 2300-3765/09 del Ministerio de Economía, por el que tramita un proyecto de Decreto referido a la política salarial para los agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense, y

CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Provincial ha determinado la política salarial a regir desde el día 1º de marzo de 2009 inclusive, para el Personal del Servicio Penitenciario Bonaerense;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 de la Ley Nº 13929 de Presupuesto General para el Ejercicio 2009, y el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Establecer los sueldos básicos para el Personal del Servicio Penitenciario Bonaerense que pertenezca al Escalafón Cuerpo General, Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar, y para los Aspirantes de 1º y 2º Año, en los importes que se determinan en el Anexo A que forma parte del presente.
ARTÍCULO 2°. Establecer la Bonificación Remunerativa No Bonificable para el Personal con Título, la Bonificación Remunerativa No Bonificable para el Personal que no posee Título y la Bonificación Remunerativa No Bonificable para los Aspirantes de 1° y 2° Año fijadas para el Personal del Escalafón Cuerpo General del Servicio Penitenciario Bonaerense por el Decreto Nº 2198/05 modificado por los Decretos N° 730/06, N° 642/07, Nº 3346/07, Nº 867/08 y Nº 2196/08, en los importes determinados en el Anexo B que forma parte del presente.
ARTÍCULO 3°. Establecer la Bonificación Remunerativa No Bonificable fijada para el Personal de los Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar del Servicio Penitenciario Bonaerense por el Decreto N° 2198/05 modificado por los Decretos N° 730/06, N° 642/07, Nº 3346/07, Nº 867/08 y Nº 2196/08, en los importes determinados en el Anexo C que forma parte del presente.
ARTÍCULO 4º. Establecer que las disposiciones del presente serán de aplicación a partir del día 1º de marzo de 2009 inclusive.
ARTÍCULO 5°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, de Justicia y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

Alejandro G. Arlia                        Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Economía                 Gobernador

Alberto Pérez                               Ricardo Casal
Ministro de Jefatura de              Ministro de Justicia
Gabinete de Ministros

ANEXO A: Sueldos Básicos -artículo 1º-.

  Escalafón Cuerpo General, Escalafones Profesionales y Técnicos, Administrativo y Auxiliar y Aspirantes de 1º y 2º Año.

Categoría

Sueldo Básico

 

- en $ -

Inspector General

1.475,33

Inspector Mayor

1.363,64

Prefecto Mayor

1.212,01

Prefecto y Subprefecto

1.039,45

Alcaide Mayor y Alcaide

858,18

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

806,44

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

710,59

Sargento Primero y Sargento

499,25

Cabo Primero, Cabo y Guardia

382,30

Cadete 2º Año

310,17

Cadete 1º Año

267,32

ANEXO B: Bonificaciones Remunerativas No Bonificables -artículo 2º-.

  Escalafón Cuerpo General con Título.

Categoría

Bonificación

 

Remunerativa no

 

Bonificable

 

- en $ -

Inspector General

15.142,09

Inspector Mayor

9.544,62

Prefecto Mayor

7.845,74

Prefecto y Subprefecto

5.647,81

Alcaide Mayor y Alcaide

2.845,51

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

2.770,16

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

2.565,39

Sargento Primero y Sargento

2.253,78

Cabo Primero, Cabo y Guardia

2.091,77


  Escalafón Cuerpo General que no posee Título.

Categoría

Bonificación

 

Remunerativa

 

no Bonificable

 

- en $ -

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

2.311,51

Sargento Primero y Sargento

2.085,03

Cabo Primero, Cabo y Guardia

1.968,11

Aspirantes de 1º y 2º Año.

Categoría

Bonificación

 

Remunerativa

 

no Bonificable

 

- en $ -

Cadete 2º Año

680,85

Cadete 1º Año

719,71

ANEXO C: Bonificación Remunerativa No Bonificable -artículo 3º-.

  Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar.

Categoría

Bonificación

 

Remunerativa

 

no Bonificable

 

- en $ -

Inspector General

8.907,08

Inspector Mayor

6.732,71

Prefecto Mayor

5.519,19

Prefecto y Subprefecto

3.945,35

Alcaide Mayor y Alcaide

1.932,24

Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor

1.885,91

Suboficial Principal y Sargento Ayudante

1.752,52

Sargento Primero y Sargento

1.560,38

Cabo Primero, Cabo y Guardia

1.507,82