LEY 4501

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase la inversión de doscientos mil pesos moneda nacional ($ 200.000m/n) en la adquisición del terreno y construcción del edificio destinado para las siguientes reparticiones de la Policía del partido de Avellaneda: Inspección de Zona, Comisaría de la Sección Primera, Comisaría de Investigaciones, Cuerpo de Guardia Especial y las dependencias necesarias.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputará al artículo 2, inciso k) de la Ley 4374.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.