Fundamentos de la Ley 14187
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción a través del cual se propicia, atento el requerimiento efectuado por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, un nueva prórroga del plazo de vigencia de la emergencia de la infraestructura edilicia del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, declarada por la Ley № 13.795, prorrogada por las Leyes № 13.946 y 14.090. En el marco de las previsiones de esas leyes, se han acordado acciones conjuntas entre la suprema Corte de Justicia, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia y el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia, a fin de lograr soluciones a la problemática que se plantea con la carencia de espacios físicos para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial. Tal situación se vio agravada, en los últimos años, con las modificaciones introducidas por la Ley № 13.634, que transformó tribunales de Familia en juzgados unipersonales y creó, además, nuevos órganos en el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. En función de ello, y teniendo en cuenta la persistencia de las causales que originaron se decrete la emergencia edilicia citada resulta necesario disponer una prórroga hasta tanto la implementación del Plan de Infraestructura Edilicia proyectado para la construcción de edificios y complejos judiciales se encuentre en una etapa de ejecución, que permita inferir que los móviles de la emergencia han cesado. A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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