LEY 4271
Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 4361.
NOTA: Ver Ley 7920, ref suprime Alcaldía.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS
DE
LEY
ARTÍCULO
1.-
Créase en el partido de San Isidro una Alcaldía que funcionará en el pueblo de
Martínez (F.C.C.A.), y tendrá como jurisdicción territorial la que fije
ARTÍCULO
2.-
(Texto según Ley 4361) Hasta que se
incorpore al Presupuesto General de
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.