LEY 10767

 

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1°: Adhiérese la Provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional 23658 -Título V- por la que se autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a emitir un título de la deuda pública denominado "BONO FEDERAL".

 

ARTICULO 2°: Autorízase al Poder Ejecutivo a convenir con el Gobierno Nacional una operación de crédito por AUSTRALES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL, valor nominal (A 253.704.000.) o hasta el importe que surja de acuerdo a lo establecido en los artículos 41° y 42° de la Ley Nacional 23.658, a la que se instrumentará por medio del Bono Federal.

Las condiciones de ajuste, plazo, amortizaciones e intereses serán las que determine oportunamente el Poder Ejecutivo Nacional.

Aféctase al pago de los servicios de este Bono los fondos que le correspondan a la Provincia de Buenos Aires en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos, los que podrán ser retenidos directamente por el Gobierno Nacional en caso de incumplimiento en tiempo y forma.

Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que correspondan.

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.