Fundamentos de la Ley 11018
Siempre hemos escuchado decir en las épocas de estrechez económica de las finanzas públicas, es un lugar común recurrir a la presión tributaria, mediante la implementación de nuevos y odiosos impuestos, que por supuesto terminan pagados y sufridos por las clases más necesitadas y sin posibilidad de evasión alguna. Es tiempo que los gobernantes, haciendo uso del ingenioso sentido de la oportunidad que tiene nuestro pueblo, arbitren las medidas que permitan dar origen a ingresos que ayuden a crear nuevas fuentes recursos para paliar grave situación que afronta el país y en especial nuestra Provincia de Buenos Aires. Y siendo de público conocimiento que el juego clandestino aprovechándose de la situación apremiante, de muchos, merma con su accionar ilegítimo, la recaudación que por juegos de azar, instrumentan los órganos oficiales; es preciso analizar la posibilidad de administrar un nuevo juego que tuvo en nuestra Provincia un nacimiento conflictivo: nos estamos refiriendo al Bingo o Lotería Familiar, para así revertir el destino proveniente de los fondos del juego en beneficio de la comunidad. Las características del juego en cuestión, son bien conocidas, por cuanto han sido implementadas en diversas provincias argentinas y permiten la participación de toda la familia, sin arriesgar sumas importantes de dinero, que afecten su tranquilidad económica, participen de este juego en lugares bien atendidos y adecuadamente instalados, con el control estatal. Entendemos que así se evitará el riesgo, la costumbre y el vicio de seguir apostado en beneficio de capitalistas ilegales, permitiendo a su vez ingresar a las arcas del Estado, como a los recursos que oxigenan la crítica situación por la que atraviesa el Fisco. Es por estas razones que solicitamos a los señores senadores que quieran acompañarnos con su voto favorable.
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