DECRETO 3622/87

 

LA PLATA, 12 de mayo de 1987.

 

VISTO el expediente nº 2417-4462 de 1987, del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, por el cual se propicia ampliar los alcances del Decreto nº 1320/70 a fin de facultar a los municipios a otorgar licencias, controlar y fiscalizar los servicios de autotransporte de escolares cuando los mismos no excedan la jurisdicción comunal; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dicha autorización persigue una solución inmediata y paliativa a la problemática  existente sobre el particular en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que la misma resultará a la vez beneficiosa para la optimización de los servicios escolares, ya que permitirá un eficaz control y fiscalización;

 

Que a fs. 24 ha informado la Contaduría General de la Provincia;

 

Que de conformidad con lo dictaminado por el señor Asesor General de Gobierno (fs. 25), procede dictar el pertinente acto administrativo;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Amplíanse los alcances del Decreto nº 1320/70 y autorízase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos (Dirección Provincial del Transporte) a celebrar convenios con las Municipalidades de la Provincia, facultándolas a otorgar licenciamientos, controlar y fiscalizar el autotransporte de escolares cuando los servicios no excedan la jurisdicción del partido, con ajuste a la norma que a tal efecto dicte la mencionada Dirección Provincial.

 

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Obras y Servicios Públicos y de Gobierno.

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Obras y Servicios Públicos (Dirección Provincial del Transporte) para su conocimiento y fines pertinentes.