Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 249/16
La Plata, 17 de noviembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 2417-2388/16 por el cual tramita la Apertura de la Inscripción para la Temporada Alta 2016/2017 en el Registro de Oferentes para los Servicios Especializados de Turismo de Temporada y de Turismo de Temporada del Interior, la Disposición N° 1.428 de fecha 30 de agosto de 1993 de la entonces Dirección Provincial del Transporte, por la que se creó el Registro de Oferentes para el Transporte de Turismo de Temporada, y lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto-Ley N° 16.378/57 –Ley Orgánica de Transporte de Pasajeros- y su Decreto Reglamentario N° 6.864/58, y la Disposición Nº 1.646 de fecha 14 de octubre de 2009 de la entonces Dirección Provincial del Transporte, que creó el Programa de Fortalecimiento de Servicios Especializados de Turismo Temporada del Interior, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición Nº 1.428 de fecha 30 de agosto de 1993 de la entonces Dirección Provincial del Transporte se creó el Registro de Oferentes para el Transporte de Turismo de Temporada a efectos de constituir un banco de información permanente con respecto a los operadores de ese servicio de transporte especializado;
Que por la Disposición Nº 1.646 de fecha 14 de octubre de 2009 de la entonces Dirección Provincial del Transporte se creó el Programa de Fortalecimiento de Servicios Especializados de Turismo de Temporada del Interior destinado a fomentar iniciativas, en el campo de pequeñas y medianas empresas provinciales, tendiente a proveer servicios de transporte por automotor de pasajeros orientados al Turismo de Temporada en la Provincia de Buenos Aires;
Que de acuerdo a dicho Programa, se pueden presentar iniciativas para instalar servicios a todos y cualesquiera centro receptor de turismo en la jurisdicción provincial declarado oficialmente de tal forma por la entonces Dirección Provincial de Turismo - actual Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Buenos Aires-; sin perjuicio de lo cual se establecen, sólo con carácter comprensivo, los siguientes centros atractores: Localidad de Tandil, Localidad de Pehuén Có (Partido de Cnel. de Marina Carlos Rosales), Localidad de Carhué (Partido de Adolfo Alsina), Localidad de Monte Hermoso, Localidad de Sierra de la Ventana y Villa Ventana (Partido Tornquist); y teniendo en cuenta el origen de los servicios, se pueden presentar iniciativas para servicios previstos desde cualquier localidad o grupo de localidades del denominado interior provincial, definiéndose –por defecto- que su geografía quedará comprendida en esta definición por hallarse ubicadas fuera de la denominada Área Metropolitana de Buenos Aires, conforme la delimitación realizada por la Ley Nacional Nº 25.031, extendiéndose en este caso a la totalidad de cada Distrito;
Que mediante la Resolución N° 245 de fecha 4 de noviembre de 2016 de la Subsecretaría de Transporte se estableció el procedimiento y las directrices generales a cumplimentar por los postulantes que se presenten solicitando Servicios Especializados de Turismo de Temporada;
Que en el precitado marco regulatorio, resulta procedente declarar la Apertura de la Inscripción al Registro de Oferentes para la Temporada Alta 2016/2017;
Que el presente acto se dicta en el marco de lo dispuesto en la Disposición N° 1.428 de fecha 30 de agosto de 1993 de la entonces Dirección Provincial del Transporte, en el artículo 18 y en el inciso 9° del artículo 56 del Decreto-Ley N° 16.378/57 -Ley Orgánica de
Transporte de Pasajeros- y su Decreto Reglamentario N° 6.864/58;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Declarar abierta la inscripción para la Temporada Alta 2016/2017 en el Registro de Oferentes para el Transporte de Turismo de Temporada y la de Turismo de Temporada del Interior, desde el día 22 de noviembre hasta el día 12 de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 2°. El período de Turismo de Temporada Alta 2016/2017 es el comprendido entre el 7 de diciembre de 2016 y el 8 de mayo de 2017 inclusive, no pudiendo en caso alguno prorrogarse dicho plazo.
ARTÍCULO 3°. Las solicitudes deberán presentarse y cumplimentar con lo normado por la Resolución N° 245 de fecha 4 de noviembre de 2016 de la Subsecretaría de Transporte. Si los interesados no cumplimentaran los requisitos y pautas básicas establecidos en dicha resolución, serán intimadas y debidamente notificadas a fin de que en un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles administrativos cumplan con los mismos, bajo apercibimiento de tener por desistida la propuesta.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar y publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Lisandro J. Perotti
Subsecretario de Transporte
C.C. 216806