FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8713
La nueva situación institucional existente en
El sistema adoptado sigue los lineamientos de la ley nacional 21.374 y de la ley provincial 7.278, del 30 de mayo de 1967, estableciendo un procedimiento más ágil, con un jurado de pocos miembros que facilita de esa manera su gestión.
Es de destacar que en cuando a los delitos y faltas que puedan dar lugar
a enjuiciamiento de acuerdo con lo previsto en el artículo 176 de
En mérito a la urgencia de disponer de las normas regulatorias del enjuiciamiento de magistrados y funcionarios del Poder Judicial, se sanciona la presente ley “ad referéndum” de su aprobación por parte del Ministerio del Interior.