DECRETO-LEY 8627/76
Autorízase a realizar la licitación pública mediante el régimen de pago diferidos de la obra “Presa de embalse en Paso de las Piedras”.
LA PLATA, 25 de AGOSTO de 1976.
VISTO lo actuado en el expediente 2.400-3.707/76 del Registro del Ministerio de Obras Públicas, y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas en la instrucción 1/76 de la Junta Militar, en su artículo 5º,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar la licitación pública, mediante el régimen de pagos diferidos de la obra “Materiales y mano de obra para la incorporación de suelos, recrecido, bermas, desagües pluviales y construcción del escollerado en la Presa de embalse en Paso de la Piedras”, en las condiciones técnico-legales previstas en los pliegos de bases y condiciones confeccionados por el Ministerio de Obras Públicas y que aprobará el Poder Ejecutivo.
ARTICULO 2.- Déjase establecido que la Ley de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario vigente a la fecha de la licitación, regirá subsidiariamente en todo lo que no esté expresamente modificado por los pliegos citados en el artículo anterior.
ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.