Ley 12956
Fecha de promulgación: 18/10/2002
Fecha de publicación: 25/10/2002
Número de Boletín Oficial: 24588
Tipo de publicación: Integra
Resumen
ESTABLECE QUE EN CAUSAS PENALES DEL FUERO DE MENORES,REGULADO POR DEC-LEY 10067/83 (T.O. DEC. 1304/95) Y SUS MODIFICATORIAS SE CONTINUARÁN APLICANDO SUPLETORIAMENTE LAS DISPOSICIONES PROCESALES DE LA LEY 3589.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 12956
Norma | Resumen |
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Ley 12339 | ESTABLECE QUE EN LAS CAUSAS PENALES CORRESPONDIENTES AL FUERO DE MENORES (DEC-LEY 10067/83) SE CONTINUARÁ APLICANDO SUPLETORIAMENTE LA LEY 3589- POR 1 AÑO DESDE EL VENCIMIENTO DEL PLAZO FIJADO POR LA LEY 12059. (3RO.BIS) Y ARTÍCULO 1° LEY 12.160. |
Ley 11922 | Código de Procedimiento Penal. |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09