Ley 15042

Fecha de promulgación: 02/08/2018

Fecha de publicación: 08/08/2018

Número de Boletín Oficial: 28332

Tipo de publicación: Integra

Resumen

ESTABLECE QUE LA PROVINCIA SÓLO PERCIBIRÁ EN CONCEPTO DE ÚNICO IMPUESTO Y CONTRIBUCIÓN QUE ABONAN EDENOR Y EDESUR SEGÚN ARTÍCULO 20 DEL DECRETO NACIONAL 714/92 EL 0,01 ‰. (ALÍCUOTA-RÉGIMEN TRIBUTARIO-FACTURACIÓN-ENERGÍA ELÉCTRICA-TARIFAS-DISMINUCIÓN)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 15042
NormaResumen
Ley 11769

ESTABLECE EL MARCO REGULATORIO DEL SECTOR ELéCTRICO PROVINCIAL.CREA FONDO PROV.DE COMPENSACIONES TARIFARIAS. ESTABLECE CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS PÚBLICAS.(TRANSPORTE-DISTRIBUCIÓN-ENERGÍA-CONCESIONARIOS-TARIFAS-ELECTRICIDAD-CONTROL JUDICIAL-USUARIOS)

Última actualizacion: 15/10/2021 15:10