Resolución 37/2013
de la Agencia de Recaudación
Fecha de promulgación: 15/10/2013
Fecha de publicación: 23/10/2013
Número de Boletín Oficial: 27167
Tipo de publicación: Integra
Resumen
RéGIMEN ESPECIAL DE RECAUDACIóN, LOS ESCRIBANOS PúBLICOS TITULARES DE REGISTRO, ACTUARáN COMO AGENTES DE RECAUDACIóN DEL IMPUESTO INMOBILIARIO COMPLEMENTARIO, EN LOS CASOS EN QUE AUTORICEN ACTOS, O ESCRITURAS O EFECTúEN LA INTERVENCIóN
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Resolución 37/2013
Norma | Resumen |
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Resolución 18/2016 de la Agencia de Recaudación | LOS ESCRIBANOS PúBLICOS TITULARES DE REGISTRO DEBERáN ACTUAR COMO AGENTES DE RECAUDACIóN DE LOS TRIBUTOS PROVINCIALES.(ACTOS-ESCRITURAS-OPERACIóNES DE INMUBLES-AUTOMOTORES-WEB SIESBA-DEUDA- REGULARIZACIóN-IMPUESTO-PAGO) |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09