Resolución 37/2013

de la Agencia de Recaudación

Fecha de promulgación: 15/10/2013

Fecha de publicación: 23/10/2013

Número de Boletín Oficial: 27167

Tipo de publicación: Integra

Resumen

RéGIMEN ESPECIAL DE RECAUDACIóN, LOS ESCRIBANOS PúBLICOS TITULARES DE REGISTRO, ACTUARáN COMO AGENTES DE RECAUDACIóN DEL IMPUESTO INMOBILIARIO COMPLEMENTARIO, EN LOS CASOS EN QUE AUTORICEN ACTOS, O ESCRITURAS O EFECTúEN LA INTERVENCIóN

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Resolución 37/2013
NormaResumen
Resolución 18/2016

de la Agencia de Recaudación

LOS ESCRIBANOS PúBLICOS TITULARES DE REGISTRO DEBERáN ACTUAR COMO AGENTES DE RECAUDACIóN DE LOS TRIBUTOS PROVINCIALES.(ACTOS-ESCRITURAS-OPERACIóNES DE INMUBLES-AUTOMOTORES-WEB SIESBA-DEUDA- REGULARIZACIóN-IMPUESTO-PAGO)

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09