Resolución 567/2020
de la Suprema Corte de Justicia
Fecha de promulgación:
Fecha de publicación: 09/06/2020
Número de Boletín Oficial: 28787
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(PRORROGADA POR RESOLUCIÓN 33/2020) Establecer respecto de los actos correspondientes a los procesos que tramitan ante los fueros Penal y de la Responsabilidad Penal Juvenil, aplicables a partir de día 9 de junio del corriente, sin perjuicio de la validez de aquellos que se hubieren cumplimentado. Hasta tanto no se cuente con el protocolo, permanece vigente la imposibilidad de realización de audiencias de debate por jurados, así como la de selección de jurados. (Pautas-Juicios abreviados-Presentaciones Electrónicas) -Coronavirus-COVID-19-Pandemia- (Suprema Corte de Justicia)
Observaciones
(Sección Jurisprudencia) NOTA: Prorroga por Resolución 45/2020 hasta el 20 de septiembre de 2020 inclusive.
Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 567/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Resolución 386/2020 de la Suprema Corte de Justicia | 18/03/2020 | Dispone asueto en todo el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, con suspensión de los términos procesales, desde el día 16 y hasta el 31 de marzo próximo inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan. Establece durante el citado período la prestación mínima del servicio de justicia, que se limitará a la atención de los asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación. A tales efectos permanecerán habilitados sólo los Juzgados y Tribunales en turno, incluyendo las sedes descentralizadas funcionando con guardias mínimas. (Pandemia - Emergencia Sanitaria - Asueto - Poder Judicial - Suspensión de términos procesales- COVID 19 (coronavirus)) |
Complementa a Ley 5827 | 13/07/1955 | ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL. |
Complementa a Resolución 480/2020 de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia | 30/04/2020 | Prorrogar las medidas dispuestas por la Resolución N° 386/20 de la Suprema Corte de Justicia hasta el 10 de mayo del presente año inclusive, la que regirá con las adecuaciones que se establecen en la presente.A partir del 29 de abril del corriente, en los fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo y de Paz, se reanudarán los plazos para el dictado de toda clase de resoluciones y sentencias y de su notificación electrónica. A partir del 6 de mayo del corriente, se reanudarán los plazos para la realización de presentaciones electrónicas y actos procesales compatibles con las restricciones vigentes en razón de la pandemia y la emergencia sanitaria, (coronavirus)-COVID-19- Pandemia |
Complementa a Resolución 3971/2020 de la Suprema Corte de Justicia | 17/04/2020 | (Acuerdo) La Suprema Corte de Justicia y, cuando correspondiere, las Salas que la integran, el presidente, los secretarios y subsecretarios y todo otro funcionario que disponga el presidente del Tribunal, podrán suscribir con el uso de la firma digital todos sus actos jurisdiccionales y de superintendencia, conforme al presente régimen. Se declara en estado de acuerdo continuo para la producción y firma de sus actos, lo que incluye a las Salas del Tribunal. (Firma digital- Tecnología-Innovación-Procesos-Seguridad-Economía-Trámites) -Coronavirus COVID-19-Pandemia- |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 567/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Prorrogada por Resolución 33/2020 de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia | 21/07/2020 | Prorrogar las medidas dispuestas por Resoluciones N° 480/20, N° 535/20, N° 558/20 (en su parte pertinente conforme la Resolución N° 593/20), N° 567/20, N° 583/20, N° 654/20, N° 655/20, N° 706/20, N° 707/20, N° 711/20, N° 720/20, N° 742/20 y N° 743/20 - sus aclaratorias y complementarias respectivamente-, hasta el día 2 de agosto del presente año inclusive. Derogar a partir del 1° de agosto del corriente, el artículo 13 inciso “e” de la Resolución N° 480/20. Disponer la aplicación -desde la fecha indicada en el artículo anterior- de las previsiones del artículo 20 inciso “b” en relación al Tribunal de Trabajo N° 3 de Zárate Campana; y encomendar a la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales la incorporación del Tribunal de Trabajo N° 3 de San Nicolás al Acuerdo 3963, para la pertinente rotación de tumos con los demás órganos del mismo fuero y departamento judicial. -(Coronavirus)-COVID-19- Pandemia- (Suprema Corte de Justicia) |
Prorrogada por Resolución 45/2020 de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia | 04/09/2020 | Prorrogar las medidas dispuestas por Resolución N° 480/20, N° 535/20, N° 558/20 (en su parte pertinente conforme la Resolución N° 593/20), N° 567/20, N° 583/20, y mantener las condiciones y alcances en la forma de prestación del servicio estatuido en las Resoluciones N° 654/20, N° 655/20, N° 707/20, N° 711/20, N° 720/20, N° 742/20, N° 743/20, N° 749/20, N° 750/20, N° 757/20, N° 758/20, N° 768/20, N° 819/20, N° 838/20, N° 878/20 y Res. Pres. - SPL- N° 35/20 (rat. por Res. N° 756/20); N° 37/20, N° 39/20 y 41/20, -sus aclaratorias y complementarias respectivamente-, hasta el día 20 de septiembre del presente año inclusive. -Coronavirus- COVID-19-Pandemia- |
Prorrogada por Resolución 60/2020 de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia | 28/10/2020 | Prorroga las medidas dispuestas por Resolución N° 480/20, 535/20, 558/20 (en su parte pertinente conforme la Resolución N° 593/20), 567/20, 583/20, hasta el día 8 de noviembre del presente año inclusive. Lo dispuesto no resulta óbice de las adecuaciones y ajustes que pudiesen incorporarse en el período referido para la mejor prestación del servicio de justicia. -Coronavirus (COVID-19)-Pandemia- |
Última actualizacion: 28/10/2020 09:10