Resolución 5/2023
de la Agencia de Recaudacion
Fecha de promulgación: 30/01/2023
Fecha de publicación: 01/02/2023
Número de Boletín Oficial: 29439
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Sustituye la tabla de equivalencias del artículo 1° de la Resolución Normativa N° 5/2019
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 5/2023
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Modifica a Resolución 5/2019 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | 08/03/2019 | Establece que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sujetos al régimen del Convenio Multilateral que desarrollen actividades comprendidas en los códigos determinados por esta resolución correspondientes al Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB-18) y “NAES - Nomenclador de actividades económicas del Sistema Federal de Recaudación” deberán confeccionar sus declaraciones juradas del Impuesto a través del sistema SIFERE WEB. Sustituye el artículo 29 de la Resolución Normativa N° 2/13 y modificatorias |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 5/2023
Ninguna.Última actualizacion: 01/02/2023 11:02