Ley 8332
Fecha de promulgación: 20/11/1974
Fecha de publicación: 18/12/1974
Número de Boletín Oficial: 17942
Tipo de publicación: Integra
Resumen
MODIFICANDO EL ARTICULO 8 DE LA LEY 5675 (JUBILACIÓN DE LOS GOBERNADORES Y VICEGOBERNADORES -EX LEGISLADORES).
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 8332
Norma | Resumen |
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Decreto-ley 9467/1979 | SUSTITUYE ART.8° DE LA LEY 5675: REFERENTE A LA RELACION DE MODIFICACIONES EN ASIGNACIONES Y PENSIONES DE GOBERNADORES Y VICE GOBERNADORES Y DIETAS DE LEGISLADORES CON SUS JUBILACIONES Y PENSIONES). |
Ley 8320 | (DEROGADA POR LEY 14999) RÉGIMEN JUBILATORIO DE LEGISLADORES DE AMBAS CÁMARAS LEGISLATIVAS. (DIPUTADOS-SENADORES-PREVISIONAL-JUBILACIóN) |
Ley 5675 | (DEROGADA POR LEY 14999) JUBILACIÓN DE LOS GOBERNADORES Y VICEGOBERNADORES. DEROGA LAS LEYES 4717,4778,5410,5489 Y EL ART.2 DE LA LEY 5423. |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09