Ley 10081
Fecha de promulgación: 28/10/1983
Fecha de publicación: 06/12/1983
Número de Boletín Oficial: 20155
Tipo de publicación: Integra
Resumen
CÓDIGO RURAL DE LA PROVINCIA DE BS.AS. (DESLINDE Y AMOJONAMIENTO-CERCAS- CAMINOS PUBLICOS-PROPIEDAD RURAL-COLONIZACION - FAUNA Y FLORA - SANIDAD ANIMAL - BOSQUES - FORESTACION - CONTROL DE PLAGAS - CAZA Y PESCA - AGUA Y ATMOSFERA. DEROGA EL DEC-LEY 7616.
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Norma | Resumen |
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Resolución 148/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario | Otorga validez, desde el 1 de octubre de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive, a las Guías Únicas de traslado de hacienda expedidas mediante el sistema de emisión de guías ganaderas provincial, que sean transmitidas por los Municipios a los interesados a través de los diversos medios y/o soportes informáticos y/o electrónicos implementados en virtud del trabajo domiciliario dispuesto en marco de estado de emergencia sanitaria. La medida establecida no suple la observancia del resto de las obligaciones y requisitos estipulados en el Código Rural, aprobado por el Decreto-Ley N° 10.081/83 y sus modificatorias, y la Ley N° 10.891 y sus normas complementarias. (Prórroga) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- |
Resolución 91/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario | Otorgar validez, desde el 1 de julio de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020 inclusive, a las Guías Únicas de traslado de hacienda expedidas mediante el sistema de emisión de guías ganaderas provincial, que sean transmitidas por los Municipios a los interesados a través de los diversos medios y/o soportes informáticos y/o electrónicos implementados en virtud del trabajo domiciliario dispuesto en marco de estado de emergencia sanitaria, declarado mediante el Decreto N° 132/2020, sus modificatorios y complementarios, ratificados por la Ley N° 15.174. La medida establecida, no suple la observancia del resto de las obligaciones y requisitos estipulados en el Código Rural, aprobado por el Decreto-Ley N° 10.081/83 y sus modificatorias, y la Ley N° 10.891 y sus normas complementarias. -Coronavirus -(COVID-19)-Pandemia-(Ministerio de Desarrollo Agrario) |
Resolución 74/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario | APROBAR EL “PROTOCOLO PARA LA MINIMIZACIÓN DEL RIESGO DE CONTAGIO POR COVID-19 EN LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE FLORES, PLANTAS ORNAMENTALES Y FORESTALES”. EMERGENCIA SANITARIA- CORONAVIRUS. |
Resolución 73/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario | Aprobar el “PROTOCOLO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE GANADO DE HACIENDA EN PIE EN REMATES FERIAS”. Establecer que el Protocolo aprobado mediante precedente es de aplicación complementaria y concurrente con la del “PROTOCOLO PARA TRANSPORTE DE LA CADENA AGROALIMENTARIA Y OPERACIONES VINCULADAS A LA LOGÍSTICA DE CARGA, DESCARGA Y DISTRIBUCIÓN”, aprobado mediante la Resolución Nº 69/2020 de este Ministerio de Desarrollo Agrario e integrante de las normas específicas para la actividad dictadas en consecuencia de la emergencia sanitaria declarada en el ámbito de toda la provincia de Buenos Aires, conforme los términos del artículo 2° de la Resolución N° 135/2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. (Transportes de animales en pie- Ganado- carga y descarga- limpieza- desinfección -recomendaciones) -Coronavirus-COVID-19-Pandemia- |
Resolución 69/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario | Aprobar el “PROTOCOLO PARA TRANSPORTE DE LA CADENA AGROALIMENTARIA Y OPERACIONES VINCULADAS A LA LOGÍSTICA DE CARGA, DESCARGA Y DISTRIBUCIÓN”. Establecer que el Protocolo es de aplicación complementaria y concurrente con la del “PROTOCOLO PARA TRANSPORTE DE CARGAS”, aprobado mediante el artículo 3° de la Resolución N° 30/2020 del Subsecretario de Transporte de la Provincia de Buenos Aires. (Procedimientos específicos-Higiene-Evitar contacto físico -Limpieza de Transportes)-Coronavirus (COVID-19)-Pandemia- |
Resolución 67/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario | APROBAR EL PROTOCOLO DE “LINEAMIENTOS PARA LA MINIMIZACIÓN DEL RIESGO DE CONTAGIO POR COVID-19 EN ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIALIZACIÓN MAYORISTA FRUTIHORTÍCOLAS”. (MANUPULACIÓN LIMPIEZA - DESINFECCIÓN - RECOMENDACIONES VISUALES- DISTRIBUIR CARTELERÍA EN PUNTOS DE ACCESO- CORRECTO USO DEL BARBIJO- PLAN DE CONTINGENCIA- CORONAVIRUS) |
Disposición 592/2019 de la Dirección Provincial de Fiscalización, Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales del Ministerio de Agroindustria | HABILITAR LA CAZA DEPORTIVA MENOR EN EL PERíODO COMPRENDIDO ENTRE 4 DE MAYO Y 4 DE AGOSTO INCLUSIVE DE 2019.(LIEBRE EUROPEA, PATO BARCINO O MAICERO, PERDIZ CHICA)EN LA PROV. DE BS. AS. ZONA DE VEDA: VER ARTíCULO 5° DE LA PRESENTE. |
Disposición 272/2019 de la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales del Ministerio de Agroindustria | AUTORIZA LA CAZA PLAGUICIDA DEL JABALí O CHANCHO CIMARRóN, EN LOS PARTIDOS DE MAR CHIQUITA, PATAGONES Y TAPALQUE, EXCEPTUANDO LAS áREAS PROTEGIDAS PROVINCIALES, DESDE EL 15-2 AL 31-12-19. LOS MUNICIPIOS QUE ESTéN INTERESADOS PODRáN SOLICITAR HABILITACIóN |
Resolución 23/2019 del Ministerio de Agroindustria | ESTABLECER EL RéGIMEN DE ACCESO A LOS RECURSOS GENéTICOS Y A LOS CONOCIMIENTOS TRADICIONALES ASOCIADOS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.(AUTORIDAD-FUNCIONES-BENEFICIOS-DESTINATARIOS-) |
Ley 13627 | IMPLEMENTA EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROV. DE BS. AS., CON CARACTER OBLIGATORIO, EL DOCUMENTO UNICO EQUINO (DUE)PARA LA IDENTIFICACION INDIVIDUAL Y TRANSITO DE LOS ANIMALES DE LA ESPECIE EQUINA.(CABALLOS - ABIGEATO) |
Decreto 3465/2007 | (DEROGADO POR DEC.1734/11)APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 13627,REF: (DOCUMENTO UNICO EQUINO - DUE)PARA LA IDENTIFICACION INDIVIDUAL Y TRANSITO DE LOS ANIMALES DE LA ESPECIE EQUINA.(CABALLOS - ABIGEATO).- |
Resolución 336/2006 del Ministerio de Asuntos Agrarios | ESTABLECER, EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA, UN ARANCEL úNICO Y UNIFORME PARA LA GUíA ÚNICA DE TRASLADO DE GANADO MAYOR, MENOR Y CUEROS, Y DE LOS PRECINTOS RESPECTIVOS DISPUESTO POR EL DECRETO-LEY 10081/83 Y LA LEY 10891.(HACIENDA) |
Ley 13482 | LEY DE UNIFICACION DE LAS NORMAS DE ORGANIZACION DE LAS POLICIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. DEROGA LEYES 12255, 13202 Y 13210.MODIFICA LA LEY 12154. (POLICíA COMUNAL-PATRULLAS RURALES) |
Resolución 11/2006 del Ministerio de Asuntos Agrarios | CREA EL REGISTRO DE MERCADOS MAYORISTAS FRUTI-HORTíCOLAS DE LA PROVINCIA EN EL QUE DEBERáN INSCRIBIRSE TODOS LOS MERCADOS CON EXCLUSIóN DE LA CORPORACIóN DEL MERCADO CENTRAL.(CENTROS-DEPóSITOS-FRUTAS-HORTALIZAS-CONTROL SANITARIO) |
Resolución 134/2005 del Ministerio de Asuntos Agrarios | APROBAR LOS MODELOS DE “ACTA DE COMPROBACIóN E INFRACCIóN” A LAS LEYES 12238 Y 10907 Y AL DECRETO LEY 10081/83, PARA SER UTILIZADOS EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROV. DE BUENOS AIRES. |
Resolución 939/2003 del Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción | LA INSCRIPCIóN, REGISTRO, HABILITACIóN Y FUNCIONAMIENTO DE TODO ESTABLECIMIENTO EN DONDE SE EXTRAIGA, ELABORE, FRACCIONE, ACOPIE, O SE DEPOSITE MIEL U OTROS PRODUCTOS APíCOLAS.- |
Decreto 2595/2000 | APRUEBASE LA REGLAMENTACION DE LA LEY 11553, POR LA QUE SE DECLARA DE INTERES PROVINCIAL LA CUNICULTURA (CONEJOS). |
Decreto 2810/2000 | DECLARA EN ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA ANIMAL EN LA PROVINCIA MIENTRAS EXISTA LA POSIBLE INTRODUCCIÓN DE ANIMALES INFECTADOS CON VIRUS DE AFTOSA. CREA LA COMISIÓN COORDINADORA DE EMERGENCIA SANITARIA ANIMAL DE LA PROV. |
Decreto 3542/1997 | MODIFICA EL DEC.1702/95 POR EL QUE SE ESTBALECIERON TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS POR DIVERSAS ACTIVIDADES QUE PRESTA EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS EN MATERIA DE CAZA, PESCA, SUELOS Y AGUAS. (GIRO BANCARIO-POSTAL-DEPOSITO-CUENTA-FONDO AGRARIO) |
Decreto 1702/1995 | ESTABLECE TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS, MINISTERIO DE LA PRODUCCION. DEROGA EL DEC.697/94. (CAZA DEPORTIVA - COMERCIAL - PESCA) |
Ley 11553 | DECLÁRASE DE INTERÉS PROVINCIAL A LA CUNICULTURA, SU PROMOCIÓN Y DESARROLLO, COMO ASÍ TAMBIÉN TODA OTRA ACTIVIDAD RELACIONADA DIRECTA O INDIRECTAMENTE CON LA MISMA. DEROGA LEY 8584. (CRÍA DE CONEJO-GRANJA CUNÍCULA). |
Decreto 2060/1994 | AUTORIZA AL MINISTERIO DE LA PRODUCCION A FISCALIZAR TODO TIPO DE VEHICULO EN EL QUE PRESUNTAMENTE SE TRANSPORTEN PRODUCTOS DE LA ACTIVIDAD DE LA PESCA DEPORTIVA. |
Decreto 878/1994 | APRUÉBASE LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 10891, GUÍA ÚNICA DE TRASLADO DE GANADO. (HACIENDA) |
Decreto 1375/1993 | MODIFICA EL ART. 1 DEL DEC. 1111/77, REF: AMPLIA VIGENCIA DE LICENCIA DE PESCA ESTABLECIDA POR EL DEC. 1878/73.(JUBILADOS Y PENSIONADOS-EXIMICIóN DE PAGO DE LA TASA-ARANCEL) |
Decreto 922/1993 | (DEROGADO POR DEC. 697/94) ESTABLECE TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS CON SUS RESPECTIVOS MONTOS. DEROGA EL DEC.373/92. (CODIGO RURAL-CAZA-PESCA) |
Decreto 373/1992 | (DEROGADO POR DEC. 922/93)TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS (CODIGO RURAL - CAZA - PESCA). DEROGA EL DEC.5205/90. |
Decreto 4248/1991 | TENENCIA Y/O EXPLOTACIÓN DE COLMENAS EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. DEROGA LOS DEC.5013/73 Y 150/79. (REF. ESTABLECIDO EN EL ART. 4 DEL CODIGO RURAL -ABEJAS - ASOCIACION APICOLA) |
Decreto 572/1989 | REGLAMENTA EL CAPITULO II DEL TITULO II DE LA SECCION SEGUNDA DEL DEC-LEY 10081/83, CODIGO RURAL, REFERENTE A LA VENTA DE TIERRAS FISCALES EN EL DELTA DEL PARANA BONAERENSE A SUS ACTUALES OCUPANTES. |
Decreto 4212/1988 | IMPLEMÉNTASE EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LA GUÍA ÚNICA DE TRASLADO PARA EL TRÁNSITO DE GANADO MAYOR O MENOR.(AGRICULTURA Y GANADERíA-NORMAS PARA PREVENIR ILíCITOS-HACIENDA) |
Decreto 8996/1986 | (DEROGADO POR DEC.279/18) INCLUYE EN LA NÓMINA DE ESPECIES SUSCEPTIBLES DE CAZA COMERCIAL, CONTEMPLADA EN EL DEC.110/81, A LAS SIGUIENTES: CIERVO AXIS, CIERVO DAMA,CIERVO COLORADO, ANTÍLOPE NEGRO, JABALÍ EUROPEO Y CABRA SILVESTRE. |
Decreto 8950/1986 | RECTIFICA LOS TÉRMINOS DEL DECRETO 7970/86, EN EL SENTIDO DE HACER CONSTAR QUE CORRESPONDE AL ARTÍCULO 47 LA MODIFICACIÓN DISPUESTA POR EL ART.1 DEL MISMO Y NO AL 48 COMO ERRÓNEAMENTE SE CONSIGNA EN EL CITADO ACTO ADMINISTRATIVO. |
Decreto 7970/1986 | MODIFICA ARTICULOS DEL DECRETO 1878/73 REF:CAZA, REGLAMENTARIO DEL DEC-LEY 10081/83 (CODIGO RURAL).- |
Decreto 2085/1986 | RÉGIMEN DE PROFILAXIS DE LA PSITACOSIS U ORNITOSIS. MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS. (POLICIA SANITARIA ANIMAL-ENFERMEDADES INFECTOCOBNTAGIOSAS-PARASITARIAS-AVES) |
Decreto 333/1985 | PRORROGA POR TIEMPO INDETERMINADO EL PLAZO DE LA VIGENCIA DE LA REGLAMENTACION DEL LIBRO SEGUNDO "DE LA FLORA Y DE LA FAUNA" Y SEC.TERCERA DEL CODIGO RURAL 10081/83 |
Ley 10226 | CREA UNA COMISIÓN ESPECIAL PARA EL ESTUDIO DE LA REFORMA INTEGRAL DEL CÓDIGO RURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. |
Decreto 1870/1984 | ESTABLECE COMO DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS DEL LIBRO SEGUNDO“DE LA FLORA Y DE LA FAUNA” SEC.TERCERA “DE LAS ESPECIES SILVESTRES ANIMALES Y VEGETALES” DEL CÓDIGO RURAL DEC-LEY 10081/83, LAS CONTENIDAS EN EL DEC.1878/73. |
Decreto 2347/1984 | REGLAMENTACIóN DEL ART. 64 DEL CODIGO RURAL, LEY 10081. (MEJORAS úTILES-INMUEBLES RURALES-CULTIVOS-PLANTACIONES-GASTOS DE EXPLOTACIóN). |
Decreto 7242/1984 | EXCLUYE DE LA NOMINA DE ESPECIES DECLARADAS PLAGAS, PREVISTA EN EL DEC. 110/81, A LA VIZCACHA E INCORPORA A LA MISMA A LAS SUSCEPTIBLES DE CAZA COMERCIAL. |
Decreto 2015/1981 | AUTORÍZASE LA INDUSTRIALIZACIÓN DEL SÁBALO (PROCHILODUS PLATENSIS, HOLMBERG) EXTRAÍDO DEL RÍO DE LA PLATA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO.(PERMISOS-CERTIFICADO DE HABILITACIóN-TASA DE INSPECCIóN-PESCADORES-PROHIBICIONES) |
Decreto 110/1981 | (DEROGADO POR DEC.279/18)DECLÁRANSE SUSCEPTIBLES DE CAZA LAS ESPECIES INDICADAS EN EL PRESENTE DECRETO. DEROGA LOS DEC. 925/71 Y 3112/74. |
Decreto 2429/1979 | MODIFICA EL ART.61 DEL DEC.1878/73, REGLAMENTARIO DEL LIBRO SEGUNDO, SECCIÓN TERCERA DEL CÓDIGO RURAL.(PERMISOS DE PESCA-TITULARES DE EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS-INUNDACIONES) |
Decreto 1553/1979 | EXCLÚYESE DE LA NÓMINA DE LOS MAMÍFEROS CONSIDERADOS DEPREDADORES DE LA GANADERÍA A QUE HACE REFERENCIA EL ART. 7 DEL DEC.925/71, AL ZORRO GRIS DE LA PAMPA, ZORRO COMÚN O ZORRO GRIS. |
Decreto 1111/1977 | AMPLIASE A 5 AÑOS, EL TÉRMINO DE VALIDEZ DE LA LICENCIA DE PESCA DEPORTIVA, ESTABLECIDA EN EL CAPÍTULO II, ARTÍCULO 55°, DEL DECRETO Nº 1878/73, REGLAMENTARIO DEL CÓDIGO RURAL.( JUBILADOS Y PENSIONADOS-EXIMICIóN DEL PAGO DEL ARANCEL) |
Decreto 662/1976 | VÉDASE EN TODO EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA, LA CAZA MEDIANTE ARMAS DE FUEGO, SEA DE CARÁCTER COMERCIAL O DEPORTIVA. |
Decreto 6490/1975 | MODIFICA EL DEC.1878/73 REGLAMENTACION DEL LIBRO SEGUNDO, SECCION TERCERA, DEL CODIGO RURAL DE LA PROVINCIA. (EMBARCACIONES PESQUERAS-MATRICULA NACIONAL-PERMISO DE NAVEGACIóN-INSCRIPCIóN) |
Decreto 7389/1974 | MODIFICASE EL DECRETO N° 1878/73 REGLAMENTACION DEL LIBRO SEGUNDO, SECCION TERCERA, DEL CODIGO RURAL DE LA PROVINCIA. (EJERCICIO DE LA PESCA COMERCIAL-PERMISOS-LAGUNAS-ACCESO) |
Decreto 1878/1973 | APRUEBA LA REGLAMENTACION DEL LIBRO SEGUNDO, SECCION TERCERA, DEL CODIGO RURAL DE LA PROV.DE BS.AS.(CAZA) (VER DEC. 7970/86 |
Ley 7616 | (DEROGADA POR LEY 10081)CODIGO RURAL. |
Decreto-ley 7375/1968 | ENCOMENDANDO AL MRIO.DE ASUNTOS AGRARIOS TODO LO ATINENTE A LA COLONIZACION. LOS ADJUDICATARIOS CON PROMESA DE VENTA BAJO EL RÉGIMEN DE LA LEY 5286, DEC-LEY 4699/57 Y LEY 6264, PODRÁN OPTAR POR LOS BENEFICIOS DE LA PRESENTE. DEROGA LAS LEYES 6264 Y 6516. |
Ley 6703 | POLICIA SANITARIA ANIMAL Y FOMENTO GANADERO. |
Ley 6263 | COLONIZACION EN LAS ISLAS DEL DELTA DEL PARANA.DEROGA EL TITULO III DEL DEC-LEY 4699/57. |
Ley 5781 | LEY DE PESCA. DEROGANSE LAS LEYES 4416, 4696 Y TODA OTRA QUE SE OPONGA A LA PRESENTE. (MODIFICADA POR DEC-LEY 13133/57 Y 1/56)(VER LEY 11477 NUEVA LEY DE PESCA) |
Ley 5786 | LEY DE CAZA. DEROGANSE LAS LEYES 4659, 4763 Y TODAS LAS QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE.(PROTECCION DE LA FAUNA) (MODIFICADA POR DEC-LEYES 1/56, 13514/57, 1303/62 Y 3243/62) |
Ley 5770 | DEFENSA SANITARIA VEGETAL. (PLAGAS - VEGETALES - ANIMALES - AGENTES PATOGENOS - PLANTAS) (VER CODIGO RURAL, ARTS.247 A 263) |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09