Ley 12603

Fecha de promulgación: 03/01/2001

Fecha de publicación: 05/02/2001

Número de Boletín Oficial: 24212

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(DEROGADA POR LEY 14838)DECLARA DE INTERÉS PROVINCIAL LA GENERACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A TRAVÉS DE FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLES ALTERNATIVA NO CONVENCIONAL O NO CONTAMINANTE.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 12603
NormaResumen
Ley 14838

ADHIERE A LA LEY NACIONAL N° 26190 Y SU MODIFICATORIA. LEY 27191, RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA. DEROGA LA LEY 12603.(BENEFICIOS IMPOSITIVOS-MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA). INVITA A LOS MUNICIPIOS ADHERIR A LA PRESENTE LEY.
Decreto 2158/2002

REGLAMENTANDO LA LEY 12603, SOBRE USO DE ENERGIA RENOVABLE, ENERGIA EOLICA. LA PROVINCIA PROMOVERA Y ESTIMULARA LA INVESTIGACION Y USO DE ENERGIAS RENOVABLES Y EL DESARROLLO DE NUEVAS TECNOLOGIAS APLICADAS A ESE OBJETIVO.

Última actualizacion: 24/09/2019 13:09