Ley 12603
Fecha de promulgación: 03/01/2001
Fecha de publicación: 05/02/2001
Número de Boletín Oficial: 24212
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DEROGADA POR LEY 14838)DECLARA DE INTERÉS PROVINCIAL LA GENERACIÓN Y PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A TRAVÉS DE FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLES ALTERNATIVA NO CONVENCIONAL O NO CONTAMINANTE.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 12603
Norma | Resumen |
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Ley 14838 | ADHIERE A LA LEY NACIONAL N° 26190 Y SU MODIFICATORIA. LEY 27191, RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA. DEROGA LA LEY 12603.(BENEFICIOS IMPOSITIVOS-MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA). INVITA A LOS MUNICIPIOS ADHERIR A LA PRESENTE LEY. |
Decreto 2158/2002 | REGLAMENTANDO LA LEY 12603, SOBRE USO DE ENERGIA RENOVABLE, ENERGIA EOLICA. LA PROVINCIA PROMOVERA Y ESTIMULARA LA INVESTIGACION Y USO DE ENERGIAS RENOVABLES Y EL DESARROLLO DE NUEVAS TECNOLOGIAS APLICADAS A ESE OBJETIVO. |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09