Ley 13584
Fecha de promulgación: 30/11/2006
Fecha de publicación: 20/12/2006
Número de Boletín Oficial: 25560
Tipo de publicación: Integra
Resumen
EL PODER EJECUTIVO DEBERÁ ARBITRAR LOS MEDIOS PARA LA PRESERVACIÓN DE TODOS LOS LUGARES QUE FUNCIONAN COMO CENTROS CLANDESTINOS DE DETENCIÓN DURANTE LA ÚLTIMA DICTADURA MILITAR.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 13584
Norma | Resumen |
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Decreto 49/2022 | Establece la reglamentación de la Ley N° 13.584 y designa como autoridad de aplicación de la misma al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Ref. Preservación de sitios que funcionaron como centros clandestinos de detención durante la última Dictadura Cívico Militar). Deroga el Decreto 600/07. |
Decreto 654/2021 | Autoriza al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos a delegar en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la realización de los procesos de selección para la Ejecución de diversas obras de infraestructura; Instalación y puesta en funcionamiento de la Dirección Provincial del Archivo Provincial de la Memoria; Obras de señalización y preservación edilicia de lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención y lugares restituídos como espacios para la Memoria; construcción de accesos a Complejos Penitenciarios, Unidades y Alcaidías Penitenciarias y Departamentales. |
Decreto 600/2007 | (DEROGADO POR DECRETO 49/2022) ESTABLECER COMO AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY N° 13.584 A LA SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09