Resolución 16/2019
de la Agencia de Recaudación
Fecha de promulgación: 12/06/2019
Fecha de publicación: 13/06/2019
Número de Boletín Oficial: 28542
Tipo de publicación: Integra
Resumen
ESTABLECE QUE SE CONSIDERARÁ ABONADO EN TÉRMINO EL IMPUESTO DE SELLOS QUE CORRESPONDA POR LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS NUEVOS (AUTOMÓVILES 0 KM O SIN USO) QUE SE FORMALICEN ENTRE LOS DÍAS 18/6 Y 30/9 E INGRESADO HASTA EL 31/1/20.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Resolución 16/2019
Norma | Resumen |
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Resolución 36/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | (Resolución Normativa) Considerar abonado en término el Impuesto de Sellos que corresponda por los contratos de compraventa de los vehículos previstos en el artículo 1° de la Resolución Normativa N° 16/2019, modificada por las Resoluciones Normativas N° 7/2020 y N° 25/2020, que se hayan formalizado entre los días 18 de junio y 30 de septiembre de 2019 - ambas fechas inclusive-, en tanto el importe de dicho impuesto sea ingresado hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive. Comenzará a regir a partir del día de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial. (ARBA) |
Resolución 25/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | (Resolución Normativa) Considerar abonado en término el Impuesto de Sellos que corresponda por los contratos de compraventa de los vehículos previstos en el artículo 1° de la Resolución Normativa N° 16/19, modificada por la Resolución Normativa N° 7/2020, que se hayan formalizado entre los días 18 de junio y 30 de septiembre de 2019 -ambas fechas inclusive-, en tanto el importe de dicho impuesto sea ingresado hasta el 30 de junio de 2020, inclusive. (Coronavirus -COVID-19 -Pandemia) |
Resolución 7/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | (Resolución Normativa) Considerar abonado en término el Impuesto de Sellos que corresponda por los contratos de compraventa de los vehículos previstos en el artículo 1° de la Resolución Normativa N° 16/19, que se hayan formalizado entre los días 18 de junio y 30 de septiembre de 2019-ambas fechas inclusive-, en tanto el importe de dicho impuesto sea ingresado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive. (ARBA) |
Última actualizacion: 12/07/2021 14:07