Resolución 36/2020

de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)

Fecha de promulgación: 26/06/2020

Fecha de publicación: 03/07/2020

Número de Boletín Oficial: 28804

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(Resolución Normativa) Considerar abonado en término el Impuesto de Sellos que corresponda por los contratos de compraventa de los vehículos previstos en el artículo 1° de la Resolución Normativa N° 16/2019, modificada por las Resoluciones Normativas N° 7/2020 y N° 25/2020, que se hayan formalizado entre los días 18 de junio y 30 de septiembre de 2019 - ambas fechas inclusive-, en tanto el importe de dicho impuesto sea ingresado hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive. Comenzará a regir a partir del día de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial. (ARBA)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 36/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Resolución 16/2019 de la Agencia de Recaudación 13/06/2019ESTABLECE QUE SE CONSIDERARÁ ABONADO EN TÉRMINO EL IMPUESTO DE SELLOS QUE CORRESPONDA POR LOS CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS NUEVOS (AUTOMÓVILES 0 KM O SIN USO) QUE SE FORMALICEN ENTRE LOS DÍAS 18/6 Y 30/9 E INGRESADO HASTA EL 31/1/20.
Complementa a Resolución 25/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)04/05/2020(Resolución Normativa) Considerar abonado en término el Impuesto de Sellos que corresponda por los contratos de compraventa de los vehículos previstos en el artículo 1° de la Resolución Normativa N° 16/19, modificada por la Resolución Normativa N° 7/2020, que se hayan formalizado entre los días 18 de junio y 30 de septiembre de 2019 -ambas fechas inclusive-, en tanto el importe de dicho impuesto sea ingresado hasta el 30 de junio de 2020, inclusive. (Coronavirus -COVID-19 -Pandemia)
Complementa a Resolución 7/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)11/02/2020(Resolución Normativa) Considerar abonado en término el Impuesto de Sellos que corresponda por los contratos de compraventa de los vehículos previstos en el artículo 1° de la Resolución Normativa N° 16/19, que se hayan formalizado entre los días 18 de junio y 30 de septiembre de 2019-ambas fechas inclusive-, en tanto el importe de dicho impuesto sea ingresado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive. (ARBA)
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 36/2020
Ninguna.

Última actualizacion: 12/07/2021 13:07